Ayudas a proyectos de I+D correspondientes al Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.- Convocatoria 2017.
Código de ayuda:
S08928/16Norma:
Resolución de 8 de marzo de 2016. Orden ECC/1779/2013, de 30 de septiembre. Madrid, 8 de junio de 2017.Plazo de Solicitud:
Según área temática, consultar articulo quinto.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Mediante esta convocatoria se conceden ayudas para la realización de proyectos de investigación sin orientación temática predefinida consistentes en trabajos experimentales o teóricos emprendidos con el objetivo primordial de obtener resultados que representen un avance significativo del conocimiento.Categorías Subvención
Educación y Ciencia
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio De Economía Y Competitividad ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima destinada a financiar las ayudas de este subprograma será de 125.000.000,00 euros, que se distribuyen conforme a la siguiente estimación: hasta un máximo de 80.500.000,00 euros para la modalidad de subvención y hasta 45.000.000,00 euros para la modalidad de anticipo reembolsable. Las ayudas se cofinanciaran por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).Al menos el 5 % de la financiación de las ayudas irá destinado a los proyectos o subproyectos de tipo A.
Las ayudas podrán financiar total o parcialmente el presupuesto solicitado en las propuestas presentadas.
Su cuantía individual se determinará en cada caso en función del coste financiable real de la actuación, a tenor de sus objetivos, necesidades y duración, y de las disponibilidades presupuestarias.
El presupuesto de las ayudas financiará gastos de personal, material inventariable y fungible, gastos de viajes, publicaciones científicas, patentes y otros gastos directamente relacionados con el proyecto, en las condiciones detalladas en el artículo 9 de la resolución de convocatoria.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
- Organismos / Entidades Públicas
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de esta convocatoria las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España:a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
b) Las universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, e inscritas en el registro creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
c) Otros centros públicos de I+D. Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las Administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
d) Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud que desarrollen actividad investigadora.
e) Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, y normas complementarias.
f) Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen actividad de I+D, definida en sus estatutos como actividad principal, y generen conocimiento científico o tecnológico.
g) Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el registro de tales centros.
Los beneficiarios deberán cumplir, igualmente, los demás requisitos establecidos en los artículos 4, 5 y 6 de la resolución de convocatoria.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se distinguen dos tipos de proyectos:a) Proyectos I+D tipo A, dirigidos por investigadores jóvenes con contribuciones científico-técnicas relevantes e innovadoras que no hayan dirigido proyectos de investigación de convocatorias del Plan Estatal de I+D+I 2013-2016 o del Plan Nacional de I+D+I 2008-2011.
b) Proyectos I+D tipo B, que es la modalidad general.
Ambos tipos podrán estar dirigidos por uno o dos investigadores principales y los proyectos podrán realizarse bajo las modalidades de proyecto individual, con un equipo de investigación, o proyecto coordinado, formado por varios subproyectos, cada uno de los cuales contará con un equipo de investigación.
El plazo de ejecución de los proyectos y subproyectos será con carácter general de 3 o 4 años y excepcionalmente de dos.
Los investigadores principales deberán ser doctores o titulados superiores (en el caso de proyecto tipo B solicitados por centros tecnológicos) y cumplir con los requisitos de vinculación con la entidad beneficiaria, dedicación al proyecto y compatibilidad con la ejecucin de otros proyectos que se especifican en los artículos 7 y 8 de la resolución de convocatoria.
Los demás miembros del equipo de investigación deberán ser doctores o titulados superiores y cumplir con los requisitos de vinculación con la entidad beneficiaria, dedicación al proyecto y compatibilidad con la ejecución de otros proyectos que se especifican en los artículos 7 y 8 de la resolución de convocatoria.
Documentos asociados
Boletín:
02/10/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 236
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
14/03/2016
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 63
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
13/06/2017
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 140
Documento: Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
13/06/2017
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 140
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento
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Boletín:
27/06/2017
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 152
Documento: Corrección errores convocatoria del Extracto Descargar Documento
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