Ayudas a proyectos de cooperacion al desarrollo y solidaridad para entidades sin animo de lucro con sede en la comarca de Osona.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S10591/13

Norma:

Vic, 8 d’abril de 2013. Vic, 19 de març de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/05/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El otorgamiento de subvenciones destinadas a proyectos de solidaridad y cooperación que tengan como finalidad la cooperación en el desarrollo en el ámbito internacional por entidades sin ánimo de lucro debidamente constituidas e inscritas en el registro correspondiente, con domicilio en la comarca de Osona.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Consejo Comarcal de Osona (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe solicitado no puede exceder el 80% del coste total del proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades sin ánimo de lucro con domicilio en la comarca de Osona que acrediten los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El desarrollo en el ámbito internacional por entidades sin ánimo de lucro debidamente constituidas e inscritas en el registro correspondiente, con domicilio en la comarca de Osona.

Requisitos:

- Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.

- Disponer de sede social en la comarca de Osona.

- Reflejar en sus estatutos que entre sus finalidades se encuentra la realización de actividades y proyectos orientados a la cooperación y / o la solidaridad. También podrán presentar proyectos a esta convocatoria otras entidades que, aunque no cumplir con este punto, realicen habitualmente actividades de solidaridad y cooperación con organizaciones homólogas.

- Garantizar, mediante la memoria de sus actividades, la experiencia de la entidad en la realización de las actuaciones asimilables a las que se orientan las ayudas, al menos de un ejercicio económico a aquel en el que se solicite la ayuda.

- En caso de que la solicitante sea una Fundación, es necesario que acredite que ha cumplido con el requisito de haber presentado los cuentas anuales ante el Protectorado de la Generalidad, de acuerdo con el artículo 336.3 del Libro III del Código Civil de Cataluña.

No podrán tener la condición de beneficiarias las entidades solicitantes que incurran en alguna de las circunstancias que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 08/04/2013
BO Provincia de Barcelona- Nº
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín: 12/04/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6354
Documento: Anuncio. Descargar Documento