Ayudas a proyectos de inversión en transformación y comercialización de productos agrícolas acometidos por la industria alimentaria e incluidas en el plan estratégico de la política agraria común de Cantabria 2023-2027.

Código de ayuda:

S07437/25

Norma:

Orden DES/32/2023, de 8 de noviembre. Resolución de 25 de marzo de 2024. Resolución de 21 de marzo de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de abril de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las primeras ayudas a proyectos de inversión en transformación y comercialización de productos agrícolas acometidos por la industria alimentaria e incluidas en el Plan Estratégico de la PAC de Cantabria 2023-2027.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentacion . (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Serán beneficiarios de las ayudas, las industrias alimentarias privadas con personalidad física, jurídica, comunidades de bienes y demás entidades carentes de personalidad jurídica, que reúnan los requisitos generales y específicos establecidos en la presente Resolución y sobre las que recaiga la carga financiera y la responsabilidad final de las inversiones subvencionables y la realización de actividad para la que se otorga la ayuda.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La ayuda se prestará a favor de las inversiones materiales e inmateriales acometidas personas físicas y/o jurídicas, así como sus agrupaciones (incluidas comunidades de bienes u otras entidades) que transformen, comercialicen o desarrollen o que vayan a transformar, comercializar o desarrollar:

a) Productos agrarios de los contenidos en el anexo I de los TFUE y el algodón, exceptuando los productos de la pesca, pudiendo el producto resultante estar fuera de dicho anexo.

b) Productos alimentarios, distintos a los productos agrícolas del Anexo I del TFUE, siempre y cuando la inversión se ubique en el medio rural.

Documentos asociados

Boletín: 14/11/2023
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 218
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 09/04/2024
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 68
Documento: Convocatoria 2024 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 09/04/2024
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 68
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 28/03/2025
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 61
Documento: Modificación Descargar Documento