Ayudas a servicios modulares de asesoramiento especializado a empresas gallegas prestados por entidades colaboradoras (programa Re-acciona), susceptibles de ser cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva (código de procedimiento IG402A).

Código de ayuda:

S00546/24

Norma:

RESOLUCIÓN de 27 de diciembre de 2023.

Plazo de Solicitud:

Desde las 8.00 horas del 1 de abril de 2024 y finalizará a las 14.00 horas del 15 de noviembre de 2024, o agotamiento de credito

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia no competitiva y tienen por objeto aprobar las condiciones por las cuales se regirá la concesión de ayudas destinadas a facilitar la ejecución de un conjunto de servicios profesionales por parte de entidades colaboradoras previamente seleccionadas mediante la Resolución de 12 de diciembre de 2023 (DOG nº 241, de 21 de diciembre)

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Cooperación empresarial
  • Creación nuevas empresas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Instituto Galego de Promoción Económica (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser entidades beneficiarias las pequeñas y medianas empresas (pymes), incluyendo los autónomos, comunidades de bienes, asociaciones, fundaciones o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, lleven a cabo actividad empresarial y puedan llevar a cabo los proyectos, las actividades o los comportamientos, o se encuentren en situación que motiva la concesión de la subvención.

Requisitos:

a) Para todos los servicios definidos en el artículo 1, excepto el servicio de apoyo para empresas emergentes innovadoras, por las características de este tipo de empresas, las solicitantes deberán contar con una plantilla media de trabajadores, en el año anterior a la solicitud de la ayuda, no inferior a tres, de acuerdo con el informe de la plantilla media de trabajadores en situación de alta emitido por la Seguridad Social. Adicionalmente al número indicado en dicho informe, podrán contabilizarse, en su caso, el propietario, administrador o familiares que trabajen en la empresa y legalmente incluidos en el régimen de autónomos.

b) Para el servicio de desarrollo estratégico integral de la empresa, las pymes deben haber realizado previamente un análisis de la empresa que aporte la información necesaria para el arranque del servicio.

Documentos asociados

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Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento