Ayudas a través del Programa de Inversiones de Empresas Extranjeras en Actividades de I+D.- Convocatoria 2015.
Código de ayuda:
S20128/15Norma:
Resolución de 17 de abril de 2015.Plazo de Solicitud:
Hasta el día 26 de junio de 2015.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de ayudas 2015 para la realización de actuaciones que permitan la promoción de la inversión de empresas de capital extranjero con alto componente innovador.Categorías Subvención
- Creación nuevas empresas
- Exportación / Internacionalización
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
- Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio De Economía Y Competitividad ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El límite máximo de ayuda por beneficiario para esta convocatoria es de 200.000 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
a) Las empresas de capital extranjero cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica y que estén válidamente constituidas en el momento de la concesión. A los efectos de la presente convocatoria, se integran en particular en el concepto de empresa las sociedades mercantiles públicas y privadas, los entes públicos empresariales y los empresarios individuales.b) Agrupaciones de empresas donde participe al menos una empresa de capital extranjero pudiendo ser beneficiarias en proporción al porcentaje de participación de capital extranjero.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se apoyará la inversión en plantas, equipos, recursos humanos y tecnología, con la finalidad de contribuir a la mejora de la competitividad y productividad de la economía española.a) Por una parte, proyectos de I+D dirigidos a empresas de capital extranjero todavía no implantadas que deseen establecer en nuestro país un centro de I+D. Es decir, los denominados como proyectos «greenfield».
b) Por otra parte, proyectos de I+D dirigidos a empresas de capital extranjero ya implantadas siempre que atraigan nuevos proyectos de I+D corporativos a la filial establecida en España.
Las actividades objeto de ayuda deberán realizarse en una o varias de las Comunidades Autónomas, que atendiendo a las categorías establecidas en la reglamentación comunitaria, se indican a continuación:
– De la categoría de regiones «menos desarrolladas»: Extremadura.
– De la categoría de regiones «en transición»: Andalucía; Murcia; Castilla la Mancha; y Canarias.
– De la categoría de regiones «más desarrolladas»: Galicia y Comunidad Valenciana.
Documentos asociados
Boletín:
27/04/2015
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 100
Documento: Convocatoria 2015. Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 100
Documento: Convocatoria 2015. Descargar Documento