Ayudas a vecinos de Pamplona por la asistencia a cursos de aprendizaje del euskera en regimen de internado.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S43455/11Norma:
Pamplona, 26 de agosto de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 12/11/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Conceder ayudas económicas a vecinos de Pamplona por la asistencia durante el año 2011 a cursos intensivos de aprendizaje del euskera en régimen de internado siempre que cumplan los requisitos establecidos.Asimismo, podrá ser objeto de esta convocatoria la participación en cursos que, habiendose desarrollado en los meses de noviembre y diciembre del año 2010.
Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Educación y Ciencia
- Formación
Localización del organismo gestor
Navarra
Convoca:
Ayuntamiento de Pamplona (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La ayuda económica será del 50% del coste del curso sin que nadie pueda percibir una ayuda por asistencia a cursos intensivos de euskera en régimen de internado superior a 492 euros, teniéndose en cuenta para computar este límite las ayudas otorgadas hasta la fecha por el Ayuntamiento de Pamplona dentro de esta misma convocatoria.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Los vecinos de Pamplona que, reuniendo los requisitos generales y no estando incursos en ninguna de las causas de prohibición establecidas en el artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones, cumplan, además, los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los cursos intensivos de aprendizaje del euskera en régimen de internado.Requisitos:
a) Estar empadronados en Pamplona con una antelación mínima de seis meses a la fecha de inicio del curso por el que se solicita la ayuda económica. Este documento se obtendrá de oficio por los serviciosadministrativos municipales.
b) Haber realizado el curso con un nivel mínimo de asistencia del 90%, habiendo obtenido un nivel de aprovechamiento satisfactorio.
c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social, así como no ser deudor por resolución de procedencia de reintegro.
El Ayuntamiento comprobará de oficio que se está al corriente de las obligaciones fiscales para con el Ayuntamiento.
Documentos asociados
Boletín:
08/09/2011
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 178
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 178
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento