Ayudas agroambientales cofinanciadas por el Fondo Europeo Agricola de Desarrollo Rural (FEADER), durante el periodo de programacion 2007-2013.- Modificación de la ayuda.

Código de ayuda:

S47964/10

Norma:

ORDEN AYG/1111/2010, de 23 de julio. ORDEN AYG/479/2014, de 8 de mayo.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar el desarrollo sostenible del medio rural y satisfacer la creciente demanda de conservación medioambiental que la sociedad exige, mediante la realización de determinadas prácticas de índole agroambiental que son compatibles con la protección y mejora del medioambiente, de los recursos naturales, del paisaje, el suelo, el agua y los recursos genéticos.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Agricultura ecológica:
– cultivos herbáceos de secano 180,00 €/Ha.
– cultivos herbáceos de regadío 210,00 €/Ha.
– cultivos hortícolas al aire libre 324,00 €/Ha.
– cultivos hortícolas bajo plástico 514,00 €/Ha.
– olivar 283,00 €/Ha.
– viñedo 240,00 €/Ha.
– frutales de secano 133,00 €/Ha.
– frutales de pepita, en regadío 277,00 €/Ha.
– frutales de hueso, en regadío 378,00 €/Ha.

b) Agroecosistemas extensivos de secano:
- Para la totalidad de la superficie anual acogida a la medida, un importe básico de 65,00 euros/Ha.
- Para la superficie de barbecho tradicional semillado acogida al compromiso voluntario de la medida, además un importe complementario de 50,00 euros/Ha.

c) Mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción:
- El importe unitario de la ayuda agroambiental de mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción regulada en la presente Orden será de 130,00 euros/UGM.
- El titular del contrato podrá percibir anualmente el pago de la ayuda por un número de animales que como máximo represente 1,2 veces el número de animales que figure en el contrato.

d) Producción integrada:
– cultivos herbáceos de secano 66,00 €/Ha.
– cultivos herbáceos de regadío 104,00 €/Ha.
– cultivos hortícolas al aire libre 214,00 €/Ha.
– cultivos hortícolas bajo plástico 480,00 €/Ha.
– olivar 153,00 €/Ha.
– viñedo para vinificación 160,00 €/Ha.
– uva de mesa 378,00 €/Ha.
– frutales de secano 81,00 €/Ha.
– frutales de pepita 158,00 €/Ha.
– frutales de hueso 212,00 €/Ha.

e) Ganadería ecológica:
El importe unitario de la ayuda agroambiental de ganadería ecológica será de 110,00 euros/Ha., teniendo en cuenta que el número máximo de hectáreas subvencionables será el que corresponda al cumplimiento de una carga ganadera de 1 UGM/Ha.

f) Conservación de márgenes en parcelas agrícolas: setos vivos y muros de piedra:
El importe unitario de la ayuda agroambiental de conservación de márgenes en parcelas agrícolas: setos vivos y muros de piedra será de 80,00 euros por hectárea de superficie agraria útil ubicada en Castilla y León, teniendo en cuenta que el número máximo de hectáreas subvencionables será el que corresponda al cumplimiento de una presencia mínima de 100 metros lineales de márgenes por hectárea en cada una de las parcelas elegibles para la ayuda.

g) Gestión sostenible de superficies forrajeras pastables y apoyo a los sistemas tradicionales de pastoreo trashumante:
El importe unitario de la ayuda agroambiental de gestión sostenible de superficies forrajeras pastables y apoyo a los sistemas tradicionales de pastoreo trashumante será de 36,00 euros por hectárea de superficie forrajera ubicada en Castilla y León, teniendo en cuenta que el número máximo de hectáreas subvencionables será el que corresponda al cumplimiento de una carga ganadera de 1 UGM de hembra reproductora por hectárea.

h) Cultivo de girasol en secano en zonas Red Natura 2000:
El importe unitario de la ayuda agroambiental del cultivo de girasol en secano en zonas Red Natura 2000 será de 60,00 euros/Ha.

i) Cultivo del ecotipo de alfalfa de secano «Tierra de Campos»:
El importe unitario de la ayuda agroambiental de cultivo de alfalfa de secano «Tierra de Campos» será de 300,00 euros por hectárea.

j) Aprovechamiento forrajero extensivo mediante pastoreo con ganado ovino-caprino:
El importe unitario de la ayuda agroambiental de aprovechamiento forrajero extensivo mediante pastoreo con ganado ovino-caprino será de 22,00 euros por hectárea de superficie forrajera (pastos y rastrojeras) ubicada en Castilla y León, teniendo en cuenta que el número máximo de hectáreas subvencionables será el que corresponda al cumplimiento de una relación de 2 entre el número total de reproductores de las especies ovina y/o caprina y el conjunto de la superficie de pastos y rastrojeras.


Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas o las comunidades de bienes, titulares de explotaciones agrarias de Castilla y León que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Agricultura ecológica.

b) Agroecosistemas extensivos de secano.

c) Mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción.

d) Producción integrada.

e) Ganadería ecológica.

f) Conservación de márgenes en parcelas agrícolas: setos vivos y muros de piedra.

g) Gestión sostenible de superficies forrajeras pastables y apoyo a los sistemas tradicionales de pastoreo trashumante.

h) Cultivo de girasol en secano en zonas Red Natura 2000.

i) Cultivo del ecotipo de alfalfa de secano «Tierra de Campos».

j) Aprovechamiento forrajero extensivo mediante pastoreo con ganado ovinocaprino.

Requisitos:

a) Disponer de superficie de cultivos ubicada en la Comunidad de Castilla y León.

b) Cumplir los compromisos descritos en el artículo siguiente durante un período de cinco campañas agrícolas consecutivas, a contar desde la primera campaña agrícola de reconocimiento de la incorporación a esta ayuda agroambiental regulada en la presente Orden.

c) Tener formalizado un contrato con la Dirección General de Política Agraria Comunitaria mediante el cual se asuma el cumplimiento de los compromisos citados en la letra anterior.

d) Solicitar anualmente el pago de la ayuda por la actuación agroambiental de agricultura ecológica contemplada en la presente Orden y de conformidad con la correspondiente Orden de convocatoria.

e) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario previstas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En particular deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.

f) Si el solicitante tiene la consideración de empresa de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Decreto 75/2008 de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de
valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, deberá acreditar el cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad, o la no sujeción a la misma, o en su caso, la exención de dicha
obligación en los términos previstos en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad.

Documentos asociados

Boletín: 04/08/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 149
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 23/09/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 185
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 16/06/2014
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 113
Documento: Modificación Descargar Documento