Ayudas agroambientales para la utilizacion sostenible de las tierras agricolas en la Comunidad Autonoma de Extremadura - Modificación.
Código de ayuda:
S06519/09Norma:
DECRETO 9/2009, de 23 de enero. DECRETO 13/2010, de 29 de enero. DECRETO 5/2011, de 28 de enero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/04/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular el régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agropecuarios compatibles con el medio ambiente en la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CE) 1698/2005, del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollorural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en el Marco Nacional de Desarrollo Rural 2007-2013, y en el Programa de Desarrollo Rural para Extremadura 2007/2013.
Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural (Extremadura)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas, titulares de explotaciones agrarias inscritas en su totalidad y a su nombreen el Registro de Explotaciones Agrarias de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural de la Junta de Extremadura, que se comprometan a mantener las unidades objeto de ayuda (superficies de cultivo, colmenas, UGMs) sin variación en dicho registro y a realizar las actuaciones objeto de ayuda por un periodo de cinco años consecutivos, salvo causa de fuerza mayor o circunstancias excepcionales, de acuerdo con las superficies mínimas de cultivo y demás requisitos que se especifican en este Decreto y en las correspondientes Órdenes de convocatoria de ayuda, y que no se hallen incursos en ninguno de los supuestos regulados en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones (Anexo II).
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
— Control Integrado en el cultivo del olivar.— Producción Integrada en el cultivo de arroz, frutales de hueso, frutales de pepita y olivar.
— Agricultura Ecológica en el cultivo de frutales de secano, frutales de hueso, frutales de pepita, olivar y viñedo para vinificación.
— Ganadería Ecológica.
— Apicultura para la conservación de la biodiversidad.
— Gestión sostenible de Dehesas.
— Sistemas agrarios de especial interés para la protección de las Aves Esteparias.
— Razas Autóctonas en Peligro de Extinción en Extremadura: Vacuno (Blanca Cacereña, Berrenda en Negro, Berrenda en Colorado, Morucha-Variedad Negra); Caprino (Verata, Retinta Extremeña); Ovino (Merina-Variedad Negra); Equino (Asnal andaluza); Porcino (Ibérico-Variedad Lampiño e Ibérico-Variedad Torbiscal).
Documentos asociados
Boletín:
30/01/2009
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 20
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
18/06/2009
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 116
Documento: Modificación Descargar Documento
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Boletín:
01/02/2010
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 20
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DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 20
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Boletín:
31/01/2011
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 20
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