Ayudas al alojamiento en viviendas de alquiler o residencias universitarias para estudios oficiales realizados fuera de la isla de Fuerteventura.
Código de ayuda:
S46828/16Norma:
Puerto del Rosario, a 23 de noviembre de 2016.Plazo de Solicitud:
A publicar en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las presentes bases tendrán por objeto establecer el régimen de concesión de ayudas al alojamiento para alumnos que realicen estudios FUERA DE LA ISLA.Categorías Subvención
- Becas
- Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor
Canarias
Convoca:
Cabildo Insular de Fuerteventura (Canarias)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Los interesados en la concesión de una ayuda al alojamiento en viviendas de alquiler o residencias universitarias para estudios oficiales realizados fuera de la isla de Fuerteventura deberán cumplir los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Estudios Universitarios.2. Estudios de Formación Profesional de grado superior que no se impartan en la isla de Fuerteventura.
3. Estudios Oficiales de Postgrado: doctorados o másteres de especialización.
4. Estudios Oficiales Presenciales fuera de la isla en las siguientes categorías: Enseñanzas Artísticas
Superiores y Enseñanzas Profesionales de Música y/o Danza en centros académicos españoles, autorizados
por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o por las Comunidades Autónomas y cuyas enseñanzas tengan como fin la obtención de un título oficial, con validez en todo el territorio nacional.
Requisitos:
1 Ser español o poseer la nacionalidad de un estado miembro de la Unión Europea. En este último caso, se requerirá que el propio estudiante o sus sustentadores se encuentren trabajando en España. En el supuesto de estudiantes no comunitarios,se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre el Derecho y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social.2 Tener residencia habitual e ininterrumpida en cualquier municipio de la isla de Fuerteventura, al menos durante 4 años, tomando como fecha final del cómputo el día 31 del mes en que se realiza la convocatoria.
3 Estar cursando los estudios mencionados en el apartado 1º de las presentes bases.
4 No podrán concederse becas-ayudas en el supuesto de alumnos universitarios que estén en posesión o reúnan los requisitos legales para la expedición de un título académico del mismo o superior nivel al correspondiente para el que solicita la ayuda.
5 El solicitante deberá tener en cuenta la finalidad para la que se concede esta ayuda, entendiéndose
como tal el coste del alquiler de una vivienda o el pago de las mensualidades de una plaza en un colegio
mayor o residencia universitaria (de naturaleza pública, privada o concertada) fuera de la isla de Fuerteventura, con el objeto de cursar algunos de los estudios indicados en el artículo 1º. de las presentes bases.
7 Quedan excluidas de las presentes bases los estudiantes de la UNED o de otros Centros de Formación a distancia o de Formación Virtual.
8 Se establece la complementariedad de esta ayuda con las becas de este Cabildo y la incompatibilidad
con otras becas o ayudas al estudio, cuya cuantía sea superior a 3.500,00 euros por cada curso académico
y por todas las modalidades (matrícula, transportes, residencias etc.).
Documentos asociados
Boletín:
02/12/2016
BO Provincia de Las Palmas- Nº 145
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
BO Provincia de Las Palmas- Nº 145
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento