Ayudas al amparo del Real Decreto 202/2012, de 23 de enero, y de la Orden de 7 de marzo de 2011, que se citan, y por la que se establecen las particularidades de la campaña 2012 y se actualiza el Anexo III de la mencionada Orden de 7 de marzo de 2011.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S04600/12

Norma:

RESOLUCIÓN de 26 de enero de 2012. Decreto 202/2012, de 23 de enero. Orden de 7 de marzo de 2011. Resolución de 23 de enero de 2013. Orden AAA/69/2014, de 27 de enero. Orden AAA/69/2014, de 27 de enero. Resolución de 11 de febrero de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/05/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, para la campaña 2014, al amparo del Real Decreto 202/2012, de 23 de enero, sobre la
aplicación a partir del 2012 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, y la orden de 7 de marzo de 2011, por la que se establecen normas para la presentación de la solicitud Única correspondiente a los años 2011, 2012 y 2013, prorrogada su aplicación por orden de 11 de febrero de 2014.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas que realicen actuaciones en el ámbito de la agricultura y la ganadería.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Las ayudas directas establecidas en el Real Decreto 202/2012, de 23 de enero, previstas en el Reglamento (ce) núm .73/2009 del consejo, de 19 de enero de 2009, que a continuación se citan:

1.º los pagos correspondientes al régimen de pago único.

2.º la ayuda específica al cultivo de algodón.

3.º la ayuda nacional a los frutos de cáscara.

4.º Prima por vaca nodriza y prima complementaria por vaca nodriza.

b) las siguientes ayudas específicas establecidas en el Real Decreto 202/2012, de 23 de enero, por aplicación del artículo 68 del Reglamento (ce) núm 73/2009, de 19 de enero de 2009:

1.º Programa nacional para el Fomento de Rotaciones de cultivo en Tierras de secano.

2.º Programa nacional para la calidad de las legumbres.

3.º Programa nacional para el Fomento de Actividades Agrícolas específicas que Reporten mayores Beneficios Agroambientales en determinadas especies del sector de los Frutos de cáscara.

4.º Programa para el Fomento de la calidad del Tabaco.

5.º Programa nacional para el Fomento de la calidad del Algodón.

6.º Programa nacional para el Fomento de la calidad de la Remolacha Azucarera.

7.º Ayuda específica para el fomento de la calidad de la carne de vacuno.

8.º Ayuda para compensar desventajas específicas que afectan a los agricultores que mantienen
vacas nodrizas.

9.º Ayuda para la mejora de la calidad de las producciones de ovino y caprino.

10.º Ayuda para compensar las desventajas específicas que afectan a los agricultores del sector ovino.

11.º Ayuda para compensar las desventajas específicas que afectan a los agricultores del sector caprino.

12.º Ayuda para compensar desventajas específicas que afectan a los agricultores del sector vacuno de leche.

13.º Ayuda para la mejora de la calidad de la leche y los productos lácteos de vaca.

c) las ayudas destinadas a indemnizar las dificultades naturales en zonas de montaña y/o las ayudas destinadas a indemnizar las dificultades naturales en zonas distintas a las de montaña en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013 previstas en el Reglamento (ce) núm.1698/2005 del consejo, de 20 de septiembre de 2011 y reguladas por la orden de 13 de abril de 2011, por la que se aprueban en la comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de las ayudas destinadas a indemnizar a las personas agricultoras por las dificultades naturales en zonas de montaña y de las ayudas destinadas a indemnizar a las personas agricultoras por las dificultades naturales en zonas distintas a las de montaña en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, y se efectúa su convocatoria para la campaña 2011.

d) las submedidas Agroambientales en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013 previstas en el Reglamento (ce) núm 1698/2005 del consejo, de 20 de septiembre de 2005 y reguladas por la orden de 24 de marzo de 2011 mediante la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las submedidas agroambientales en el marco del PDR de Andalucía 2007-2013, y efectúa su convocatoria para el año 2011, en concreto: la solicitud anual de pago de todas las submedidas previstas en la mencionada orden de 24 de marzo de 2011. con la presentación de la solicitud de pago de la submedida 1: Apicultura para la conservación de la biodiversidad así como su prima adicional, de la submedida 2: Razas autóctonas puras en peligro de extinción, de la submedida 3: Agricultora ecológica y de la submedida 4: Ganaderia ecológica, se entenderá aceptada la ampliación del segundo año de compromiso para aquellos agricultores cuyo año de inicio de compromisos fuese el 2008 y que solicitaron la ampliación en 2013, en virtud de lo dispuesto en el punto 8 de la Disposición adicional segunda de la citada orden, añadido por la orden de 11 de febrero de 2014, por la que se modifica la orden de 24 de marzo de 2011, por la que se aprueban en la comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las submedidas agroambientales en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, y se efectúa su convocatoria para el año 2011.

Con la presentación de la solicitud anual de pago de la submedida 1: Apicultura para la conservación de la biodiversidad con prima adicional ecológica, submedida 2: Razas Autóctonas Puras en Peligro de extinción, submedida 3: Agricultura ecológica, submedida 4: Ganadería ecológica, submedida 5: Producción integrada en arroz, submedida 7: Producción integrada en olivar en cuencas vertientes a embalses de abastecimiento de agua para consumo humano o en zonas natura 2000, submedida 9: Mantenimiento del castaño y prima adicional ecológica y submedida 13: Producción integrada de alfalfa, se entenderá aceptada la ampliación de un año de compromiso para aquellos agricultores cuyo año de inicio de compromisos fuese el 2009, en virtud de lo dispuesto en el punto 9 de la Disposición adicional segunda de la citada orden, añadido por la orden de 11 de febrero de 2014, que modifica la orden de 24 de marzo de 2011.

Con la presentación de la solicitud anual de pago de la submedida 16: producción integrada para la remolacha de siembra otoñal, se entenderá aceptada la ampliación de un año de compromiso para aquellos agricultores cuyo año de inicio de compromisos fuese el 2011, en virtud de lo dispuesto en el punto 10 de la Disposición adicional segunda de la citada orden, añadido por la orden de 11 de febrero de 2014.

e) Las solicitudes de pago de las ayudas a medidas a aplicar en las zonas de influencia del Parque nacional de Doñana para fomentar el empleo de métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de la protección del medio ambiente y la conservación del espacio natural, previstas en el Reglamento (cee) núm. 2078/1992, del consejo de 30 de junio de 1992, sobre métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de la protección del medio ambiente y la conservación del espacio natural y por la orden de la consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía de desarrollo de la orden de 14 de mayo de 1997, que regula el régimen de ayudas a medidas a aplicar en las zonas de influencia del Parque nacional de Doñana para fomentar el empleo de métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de la protección del medio ambiente y la conservación del espacio natural.

f) Las solicitudes de pago por costes de mantenimiento y primas compensatorias de rentas, para
superficies agrarias forestadas al amparo del Reglamento (cee) núm 2080/1992, del consejo, de 30 de junio de 1992, que establece un régimen comunitario de ayudas a las medidas forestales en la agricultura y reguladas por la orden de 5 de agosto de 1998, por la que se desarrolla el Decreto 16 junio 1998, de ayudas para forestación de superficies agrarias.

g) Las solicitudes de pago por costes de mantenimiento y primas compensatorias de rentas, para
superficies agrícolas forestadas al amparo del Reglamento (ce) núm 1257/1999, de 17 de mayo de 1999, y reguladas por orden de 11 de febrero de 2005, que regula el régimen de ayudas para el fomento de la forestación de tierras agrícolas en la comunidad Autónoma de Andalucía.

h) Las solicitudes de pago por costes de mantenimiento y primas compensatorias de rentas, para
superficies agrícolas forestadas previstas en el Reglamento (ce) núm 1698/2005 y cuyas bases reguladoras se encuentran en la orden de 26 de marzo de 2009, por la que regula el régimen de ayudas para el fomento de la forestación de tierras agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013 y sus posteriores modificaciones.

Documentos asociados

Boletín: 16/03/2011
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 53
Documento: ORDEN de 7 de marzo de 2011. Descargar Documento
Boletín: 24/01/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 20
Documento: Real Decreto 202/2012, de 23 de enero. Descargar Documento
Boletín: 10/02/2012
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 28
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 29/01/2013
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 20
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 29/01/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 25
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 14/02/2014
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 31
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 14/04/2014
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 72
Documento: Modificación Descargar Documento