Ayudas al arrendamiento de viviendas dirigidas a víctimas de violencia de género para el año 2019.
Código de ayuda:
S54473/19Norma:
Orden 163/2019, de 30 de septiembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 29 de octubre de 2019.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas al arrendamiento de viviendas dirigidas a víctimas de violencia de género para el año 2019.Categorías Subvención
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Fomento (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se concederá a las beneficiarias una ayuda del 50% de la renta mensual, que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un máximo de 375,00 € de ayuda. Esta cuantía no se minorará en el caso de existir otros titulares del contrato de arrendamiento.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las ayudas contempladas en esta orden, las mujeres víctimas de violencia de género.Requisitos:
a) Ser titular, en calidad de arrendataria de un contrato de arrendamiento de vivienda sobre un inmueble ubicado en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. El contrato estará formalizado por escrito en los términos previstos en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.b) Que la vivienda arrendada, constituya la residencia habitual y permanente de la arrendataria, lo que deberá acreditarse mediante certificado o volante de empadronamiento vigente o en su defecto mediante declaración responsable en el que conste que la persona s olicitante tiene su domicilio habitual en la vivienda objeto del contrato de arrendamiento.
c) Que los ingresos de la solicitante no sean superiores a 3 veces el Iprem (14 pagas).
d) Que la renta establecida en el contrato de arrendamiento de la vivienda objeto de la ayuda no será superior a 750 euros mensuales. No se incluirán los importes del alquiler de los anexos vinculados, como garaje y trastero, si el contrato detallara el importe de la renta de estos anexos, ni otros gastos asociados a la renta como la cuota de la comunidad de propietarios o suministros.
Documentos asociados
Boletín:
08/10/2019
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 199
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 199
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento