Ayudas al autoempleo y a la creación de empresas con cargo al P.I.C. Equal «Co-Labora.Con».
Código de ayuda:
S20464/04Norma:
Convocatoria de 9 de julio de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 19/08/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Este tipo de ayudas van dirigidas mujeres y/o personas discapacitadas por cuenta propia, siempre que realicen la actividad en nombre propio como autónomas.Categorías Subvención
- Creación nuevas empresas
- Empleo
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Sociedad para el Desarrollo de La Vega, S.A. (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Ayuda a fondo perdido para el inicio de la actividad empresarial, por un importe máximo de 8.000 euros, que se podrá distribuir entre las iniciativas que resulten ajustadas a las bases de la convocatoria.Este tipo de ayudas queda sujeta a la «regla de mínimis » regulada por el Reglamento (CE) número 69/2001 de la Comisión de 12 de enero de 2001.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las mujeres y/o personas discapacitadas que inicien su actividad empresarial como trabajadoras autónomas, en jornada completa y durante todos los días laborables del año, o que hayan iniciado su actividad desde el 1 de enero de 2004.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los gastos generados para autoemplearse y/o crear la empresa que sean necesarios para la actividad que se desarrolle y que se incluyan dentro de alguna de las siguientes categorías:— Gastos de puesta en marcha.
— Gastos de seguridad social.
Quedan excluidos los gastos derivados de inversiones en bienes inmuebles.
Requisitos:
- Los beneficiarios deberán ejercer la actividad productiva en el municipio de Villaverde del Río.- La beneficiaria, en cualquier caso, deberá haberse constituido en autónoma o crear su propia empresa en el plazo máximo de 1 meses desde la fecha de concesión de la ayuda.o con anterioridad a esta, y siempre a partir del 1 de enero de 2004.
- El inicio de la actividad productiva coincidirá con el alta en el IAE, y en el régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, o el que legal o estatutariamente corresponda.