Ayudas al autoempleo y a la creación de empresas con cargo al P.I.C. Equal «Igualdad en lo Rural».

Código de ayuda:

S24373/04

Norma:

Convocatoria de 10 de septiembre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/10/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Facilitar la incorporación de mujeres al mercado de trabajo por cuenta propia, siempre que realicen la actividad en nombre propio
como autónomas o como miembros de sociedades civiles o comunidades de bienes o sociedades limitadas y se establecen las bases reguladoras para su concesión, en régimen de concurrencia competitiva.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Sociedad para el Desarrollo de La Vega, S.A. (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Ayuda a fondo perdido para el inicio de la actividad empresarial, por un importe máximo de hasta 2.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las mujeres que inicien su actividad empresarial en el municipio de Guillena como trabajadoras autónomas con carácter indefinido, en jornada completa y durante todos los días laborables del año, o hayan creado su propia empresa (sociedades civiles, comunidades de bienes o sociedades limitadas).

Para la obtención de estas ayudas por otro colectivo, no contemplado en el párrafo anterior, la entidad beneficiaria (miembro de la AD) deberá elevar la propuesta al Comité Técnico, quien a la vista del proyecto de empresa y su adaptación al PIC Equal, resolverá y lo elevará a la Asamblea General de la AD para su aprobación, y en su caso, denegación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos generados para autoemplearse y/o crear la empresa que sean necesarios para la actividad que se desarrolle y que se incluyan dentro de alguna de las siguientes categorías:
— Gastos de puesta en marcha y constitución (tasas, gastos notariales etc..)
— Gastos de seguridad social.

Quedan excluidos los gastos derivados de inversiones en bienes muebles e inmuebles.

Requisitos:

- Las beneficiarias deberán ejercer la actividad productiva en el municipio de Guillena.
- El inicio de la actividad productiva coincidirá con el alta en el IAE, y en el régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, o el que legal o estatutariamente corresponda.
- La condición de trabajadora autónoma deberá mantenerse al menos durante un año desde la fecha de concesión de la subvención, situación que deberá acreditarse con el informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 15/10/2004
BO Provincia de Sevilla- Nº 240
Documento: Convocatoria Descargar Documento