Ayudas al desarrollo de Redes de investigadores, Movilidad y Proyectos de Investigación y Desarrollo Tecnológico en el marco de cooperación de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos.
Código de ayuda:
S19682/06Norma:
Decreto 150/2006, de 20 de junio. DECRETO 131/2008 de 24 de junio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/08/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de este Decreto regular y convocar, para el periodo 2007-2008, las ayudas destinadas a la puesta en marcha de programas de cooperación transpirenaica dentro de las líneas previstas en el artículo 2.Categorías Subvención
- Educación y Ciencia
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
Aragón
Convoca:
Departamento de Educación, Ciencia, y Universidades (Aragón)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía individual de la subvención a reconocer a los beneficiarios se determinará conforme a lo previsto en la regulación específica de cada línea de ayuda.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios:a) Por las regiones francesas, los beneficiarios serán las instituciones universitarias y las instituciones públicas de investigación situadas en el territorio de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos. Las empresas francesas podrán ser participantes de un proyecto pero no pueden ser beneficiarias de las ayudas económicas en el marco de esta convocatoria.
b) Por las comunidades autónomas españolas, los beneficiarios serán las instituciones universitarias, centros de investigación y tecnología o empresas situadas en el territorio de la Comunidad.
Los beneficiarios de las ayudas concedidas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón serán instituciones universitarias, centros de investigación y tecnología o empresas situadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón con equipos investigadores integrados en los propios centros.
c) Por el Estado Andorrano, los beneficiarios serán las instituciones universitarias, las instituciones públicas, centros de investigación y tecnología o empresas.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Serán actuaciones subvencionables las definidas en este Decreto para cada una de las siguientes líneas de ayuda:a) Desarrollo y consolidación de redes temáticas de investigación.
b) Movilidad de investigadores.
c) Proyectos de investigación y desarrollo tecnológico.
2. Para la realización de las actuaciones subvencionables serán consideradas prioritarias las temáticas siguientes:
a) Investigaciones específicas enmarcadas en el contexto pirenaico.
b) Investigaciones relativas a otras temáticas de interés común para la Comunidad de Trabajo de los Pirineos.
c) Areas prioritarias de los Programas Marco VI y VII de la Unión Europea.
3. Los programas o actividades subvencionables se someterán a las normas de la presente convocatoria y a las condiciones específicas contenidas en los Anexos I, II y III respectivamente.
Requisitos:
DESARROLLO Y CONSOLIDACION DE REDES TEMATICAS DE INVESTIGACIONLa actividad subvencionable en todo caso ha de cumplir los siguientes requisitos:
a) Las redes temáticas de investigación deberán estar constituidas por un mínimo de tres grupos de investigadores, o tres centros, pertenecientes cada uno de ellos a un territorio diferente de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos.
b) Las actuaciones se desarrollarán durante un plazo máximo de dos años, debiendo finalizar en cualquier caso antes del 31 de diciembre de 2010.
MOVILIDAD DE INVESTIGADORES
Los solicitantes poseerán la Suficiencia Investigadora y serán profesores e investigadores (doctores o no doctores), pertenecientes a universidades o centros de investigación y tecnología o empresas de Aragón.
PROYECTOS DE INVESTIGACION Y DESARROLLO TECNOLOGICO
1. Todo proyecto debe incluir como mínimo tres participantes, de los cuales al menos uno pertenecerá al sector empresarial y todos ellos deberán pertenecer a dos o más territorios de Comunidad de Trabajo de los Pirineos.
2. Las actuaciones se desarrollarán durante un plazo máximo de dos años, debiendo finalizar
en cualquier caso antes del 31 de diciembre de 2010.
3. La posibilidad de subvencionar a las empresas dependerá del criterio y de las normas administrativas de cada administración territorial de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos.
Documentos asociados
Boletín:
26/06/2006
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 72
Documento: Bases y Convocatoria 2006 Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 72
Documento: Bases y Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín:
07/07/2008
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 97
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos. Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 97
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos. Descargar Documento