Ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores y agricultoras y a las inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias realizadas por jóvenes agricultores y agricultoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se realiza la primera convocatoria para ambas ayudas.
Código de ayuda:
S01237/25Norma:
DECRETO 169/2024, de 30 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 31 de diciembre de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras y normas de aplicación del régimen de ayudas al establecimiento de personas jóvenes agricultores en la Comunidad Autónoma de Extremadura conforme al artículo 75 del Reglamento (UE) n.º 2021/2115, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, y la Intervención 6961.1 “Establecimiento de personas jóvenes agricultores” del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, en adelante PEPAC.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Empleo
- Juventud
- Medio Ambiente y Energía
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la prima básica se establece en 20.000 €.A la prima básica se le podrán sumar hasta 50.000 € en incrementos, resultando un máximo de 70.000 € de ayuda, en función de que el plan empresarial contemple alguna de las circunstancias siguientes, que en todo caso deberán realizarse, acreditarse y validarse adecuadamente.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas y explotaciones de titularidad compartida, inscritas en el Registro de Titularidad Compartida de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que, reuniendo las condiciones de joven agricultor, se establezcan en una explotación prioritaria por primera vez.Requisitos:
a) Haber cumplido los 18 años en la fecha de la presentación de la solicitud de ayuda.b) No haber cumplido 41 o más años en la fecha de la presentación de la solicitud de ayuda.
c) Contar con la capacidad y las competencias profesionales o académicas adecuadas:
1º.Poseer el título académico de formación profesional de primer grado, de capataz o capataza, de grado medio o universitario de las ramas agrarias o alimentarias específicas.
2º.Haber realizado el Curso de incorporación a la empresa agraria homologado por la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3º.Certificados de profesionalidad de la familia agraria y agroalimentaria de nivel 3.
Se dispondrá de un plazo de hasta 36 meses desde la fecha de establecimiento para alcanzar este requisito, siendo obligatoria su obtención para el pago del primer tramo.
d) Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, frente a la Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma, siendo requisito previo tanto para la concesión de la ayuda como para su pago.
e) No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria previstas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
f) En el caso de solicitudes en las que el importe de la ayuda sea superior a 30.000 €, las personas solicitantes deben cumplir con lo previsto en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a los efectos del cumplimiento de los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
g) Establecerse en una explotación agraria prioritaria, como jefe de esta, que requiera un volumen de trabajo de al menos una UTA y cuya renta unitaria de trabajo, sea igual o superior al 35 % de la renta de referencia vigente el año de la solicitud.
Documentos asociados
Boletín:
21/01/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 13
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 13
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
Boletín:
21/01/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 13
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 13
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
21/01/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 13
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 13
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento