Ayudas al estudio para alumnos de segundo y posteriores cursos que cursen estudios universitarios en la Comunidad de Castilla y Leon durante el curso academico 2014-2015 y hayan resultado beneficiarios de las ayudas convocadas por el Ministerio de Educacion, Cultura y Deporte mediante Resolucion de 28 de julio de 2014, de la Secretaria de Estado de Educacion, Formacion Profesional y Universidades.

Código de ayuda:

S12719/15

Norma:

ORDEN EDU/211/2015, de 17 de marzo. Orden EDU/918/2014, de 29 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Desde el 7 de abril hasta el 24 de abril de 2015 inclusive.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas al estudio para los alumnos de segundo y posteriores cursos que cursen estudios universitarios en la Comunidad de Castilla y León durante el curso
académico 2014-2015 y hayan resultado beneficiarios de las ayudas convocadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte mediante Resolución de 28 de julio de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2014-2015, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Educación (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Residencia: El importe será de 1500 euros.

b) Renta: la cuantía máxima será de 350 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los estudiantes que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Residencia: Destinada a colaborar en los gastos que se ocasionen por residir fuera del domicilio familiar durante el curso 2014-2015.

Podrán solicitar esta ayuda aquellos alumnos que reuniendo los requisitos establecidos en el apartado 2, reúnan además los siguientes requisitos:

1.º Que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte no les haya concedido el componente de residencia por no cumplir el requisito académico exigido en la Resolución de 28 de julio de 2014 de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades.

2.º Que esté residiendo fuera del domicilio familiar durante el curso 2014-2015.

3.º Que su renta familiar en el año 2013 esté por debajo del umbral 2 de renta fijado en el Real Decreto 472/2014 de 13 de junio, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2014-2015, y se modifica parcialmente el
Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de becas y ayudas al estudio.

No podrán beneficiarse de esta ayuda aquellos alumnos con independencia familiar y económica, ni aquellos que estén cursando titulaciones de planes a extinguir sin docencia presencial, ni aquellos que cursen total o parcialmente enseñanzas en la modalidad a distancia.

b) Renta: Destinada a colaborar en los gastos ocasionados por los estudios universitarios de los alumnos. El importe de esta ayuda será el resultado de distribuir de manera uniforme entre los solicitantes que cumplan los requisitos el presupuesto no adjudicado tras la concesión de las ayudas de residencia a propuesta de la Comisión de Selección en los términos establecidos en el
apartado 8, la cuantía máxima será de 350 euros.

Requisitos:

a) Ser español, o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea.

En el supuesto de ciudadanos comunitarios beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia, se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta propia o ajena.

En el supuesto de extranjeros no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Los mencionados requisitos deberán reunirse a 31 de diciembre de 2013.

b) Estar matriculado en alguna universidad pública o privada de Castilla y León durante el curso 2014-2015, y cursar estudios conducentes a la obtención de títulos oficiales de Graduado, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico.

c) No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la obtención de un título, del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la ayuda.

d) Haber resultado beneficiario de una beca del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte convocada mediante Resolución de 28 de julio de 2014 de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2014-2015, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.

Documentos asociados

Boletín: 31/10/2014
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 210
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 20/03/2015
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 55
Documento: Convocatoria 2014/2015. Descargar Documento