Ayudas al fomento del uso del valenciano en las emisoras locales de radio, en les revistas de investigación y en las revistas de temática especializada o de carácter local o comarcal.
Código de ayuda:
S04637/21Norma:
RESOLUCIÓN de 15 de febrero de 2021.Plazo de Solicitud:
Hasta el 9 de abril de 2021.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 2.500 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto del presente acuerdo es convocar un concurso público para la concesión de ayudas destinadas a facilitar la impresión y distribución de revistas de investigación, y revistas de temática especializadao de carácter local o comarcal, en papel, escritas en valenciano; y a sufragar los gastos de personal correspondientes a periodistas, locutores y colaboradores por parte de emisoras locales de radio que emitan en valenciano.
Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Audiovisual, Prensa y Publicaciones
Localización del organismo gestor
Comunidad Valenciana
Convoca:
Academia Valenciana de la Lengua (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo de la ayuda económica no podrá ser superior a 2.500,00 € por beneficiario en cada una de las modalidades.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas que no tengan naturaleza privada mercantil, que editen en papel revistas de investigación escritas en valenciano, revistas de temáticaespecializada o de carácter local o comarcal, o que emitan en valenciano por radio.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Revistas de investigación. Las ayudas se destinarán a abonar los gastos de imprenta o de distribución de las publicaciones de investigación, escritas en valenciano (excluida la publicidad) por lo menos en un60 %. Si la revista se publica en un municipio de predominio lingüístico castellano, el porcentaje se reduce al 30 %.
b) Revistas escritas de temática especializada o de carácter local o comarcal. Las ayudas se destinarán a abonar los gastos de imprenta o de distribución de las publicaciones de temática especializada o de carácter local o comarcal, escritas en valenciano (excluida la publicidad) por lo menos en un 60 %. Si la revista se publica en un municipio de predominio lingüístico castellano, el porcentaje se reduce al 30 %.
c) Emisoras locales de radio. Las ayudas se destinarán a retribuir a los periodistas, locutores y colaboradores que estén contratados por las emisoras que emitan en valenciano por lo menos un 75 % de la
programación.
Requisitos:
– Para las revistas de investigación:1. Respetar la normativa lingüística oficial.
2. Tener la residencia fiscal en el territorio de la Comunitat Valenciana.
3. Estar inscritas en el depósito legal.
4. Tener una extensión mínima de 60 páginas.
5. Editar en papel un mínimo de 100 ejemplares y haber declarado en la solicitud inequívocamente el número de ejemplares de cada número de la publicación. La falta de precisión en el número de los
ejemplares que se prevé publicar en cada número supone la exclusión del procedimiento.
6. Estar redactada en valenciano en el porcentaje establecido en el artículo 2, excluidas las inserciones publicitarias. No se subvencionarán las publicaciones con doble versión en valenciano y otro idioma, aunque serán admitidos los extractos del contenido.
7. Publicar como mínimo un número dentro del ejercicio 2021.
8. Ser una revista de investigación.
9. No tener naturaleza privada mercantil.
– Para las revistas escritas de temática especializada o de carácter local o comarcal:
1. Respetar la normativa lingüística oficial.
2. Tener la residencia fiscal en el territorio de la Comunidad Valenciana.
3. Estar inscritas en el depósito legal.
4. Tener una extensión mínima de 12 páginas.
5. Editar en papel un mínimo de 100 ejemplares y haber declarado en la solicitud inequívocamente el número de ejemplares de cada número de la publicación. La falta de precisión en el número de los ejemplares que se prevé publicar en cada número supone la exclusión del procedimiento.
6. Estar redactada en valenciano en el porcentaje establecido en el artículo 2, excluidas las inserciones publicitarias. No se subvencionarán las publicaciones con doble versión en valenciano y otro idioma, aunque serán admitidos los extractos del contenido.
7. Publicar como mínimo dos números en el ejercicio 2021. A estos efectos, será necesario que cada número esté singularizado y se publique independientemente. Se considerará que la fecha que aparece en la portada de cada número es la fecha real de su publicación. En la solicitud deberán declararse inequívocamente los números de la publicación que se prevé realizar durante el 2021. La falta de declaración o la imprecisión sobre los números que se prevén publicar supone la exclusión del procedimiento.
8. Ser publicaciones periódicas de temática especializada o de carácter local o comarcal.
9. No tener naturaleza privada mercantil.
– Para las emisoras de radio:
1. Respetar la normativa lingüística oficial.
2. Estar en posesión de la adjudicación de frecuencia por parte de la Generalitat.
3. Ser una emisora local de cualquier municipio de la Comunitat Valenciana.
4. Emitir en valenciano por lo menos un 75 % de la programación, excluidas las cuñas publicitarias.
5. No tener naturaleza privada mercantil.
Documentos asociados
Boletín:
08/03/2021
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9036
Documento: Bases y Convocatoria 2021 Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9036
Documento: Bases y Convocatoria 2021 Descargar Documento