Ayudas al fomento del uso del valenciano en las emisoras locales de radio, en les revistas de investigación y en las revistas de temática especializada o de carácter local o comarcal.

Código de ayuda:

S06255/19

Norma:

RESOLUCIÓN de 26 de diciembre de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de febrero de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto del presente acuerdo es convocar un concurso público para la concesión de ayudas destinadas a facilitar la impresión y distribución de revistas de investigación, y publicaciones de temática
especializada o de carácter local o comarcal, en papel, escritas en valenciano; y a sufragar los gastos de personal correspondientes a periodistas, locutores y colaboradores por parte de emisoras locales de radio que emitan en valenciano.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Academia Valenciana de la Lengua (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas que no tengan naturaleza privada mercantil, que editen en papel revistas de investigación escritas en valenciano, revistas de temática especializada o de carácter local o comarcal, o que emitan en valenciano por radio, de acuerdo con las características que se especifican en la presente convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Revistas de investigación. Las ayudas se destinarán a abonar los gastos de imprenta o de distribución de las publicaciones de investigación, escritas en valenciano (excluida la publicidad) por lo menos en un
60 %. Si la revista se publica en un municipio de predominio lingüístico castellano, el porcentaje se reduce al 30 %.

b) Revistas escritas de temática especializada o de carácter local o comarcal. Las ayudas se destinarán a abonar los gastos de imprenta o de distribución de las publicaciones de temática especializada o de carácter local o comarcal, escritas en valenciano (excluida la publicidad) por lo menos en un 60 %. Si la revista se publica en un municipio de predominio lingüístico castellano, el porcentaje se reduce al 30 %.

c) Emisoras locales de radio. Las ayudas se destinarán a retribuir a los periodistas, locutores y colaboradores que estén contratados por las emisoras que emitan en valenciano por lo menos un 75 % de la
programación.

Requisitos:

Para las revistas de investigación:

1. Respetar la normativa lingüística oficial.

2. Tener la residencia fiscal en el territorio de la Comunitat Valenciana.

3. Estar inscritas en el depósito legal.

4. Tener una extensión mínima de 60 páginas.

5. Editar en papel un mínimo de 100 ejemplares y haber declarado en la solicitud inequívocamente el número de ejemplares de cada número de la publicación. La falta de precisión en el número de los ejemplares que se prevé publicar en cada número supone la exclusión del procedimiento.

6. Estar redactada en valenciano en el porcentaje establecido en el artículo 2, excluidas las inserciones publicitarias. No se subvencionarán las publicaciones con doble versión en valenciano y otro idioma, aunque serán admitidos los extractos del contenido.

7. Publicar como mínimo un número dentro del ejercicio 2019.

8. Ser una revista de investigación.

9. No tener naturaleza privada mercantil.

Para las revistas escritas de temática especializada o de carácter local o comarcal:

1. Respetar la normativa lingüística oficial.

2. Tener la residencia fiscal en el territorio de la Comunitat Valenciana.

3. Estar inscritas en el depósito legal.

4. Tener una extensión mínima de 12 páginas.

5. Editar en papel un mínimo de 100 ejemplares y haber declarado en la solicitud inequívocamente el número de ejemplares de cada número de la publicación. La falta de precisión en el número de los ejemplares que se prevé publicar en cada número supone la exclusión del procedimiento.

6. Estar redactada en valenciano en el porcentaje establecido en el artículo 2, excluidas las inserciones publicitarias. No se subvencionarán las publicaciones con doble versión en valenciano y otro idioma, aunque serán admitidos los extractos del contenido.

7. Publicar como mínimo dos números en el ejercicio 2019. A estos efectos, será necesario que cada número esté singularizado y se publique independientemente. Se considerará que la fecha que aparece en la portada de cada número es la fecha real de su publicación. En el modelo de solicitud deberán declararse inequívocamente los números de la publicación que se prevé realizar durante el 2019. La falta de declaración o la imprecisión sobre los números que se prevén publicar supone la exclusión del procedimiento.

8. Ser publicaciones periódicas de temática especializada o de carácter local o comarcal.

9. No tener naturaleza privada mercantil.

Para las emisoras de radio:

1. Respetar la normativa lingüística oficial.

2. Estar en posesión de la adjudicación de frecuencia por parte de la Generalitat.

3. Ser una emisora local de cualquier municipio de la Comunitat Valenciana.

4. Emitir en valenciano por lo menos un 75% de la programación, excluidas las cuñas publicitarias.

5. No tener naturaleza privada mercantil.

Documentos asociados

Boletín: 28/01/2019
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8473
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento