Ayudas al personal de cuerpos docentes que imparten enseñanzas escolares del sistema educativo al servicio de la Consejeria de Educacion y Ciencia.

Código de ayuda:

S60619/09

Norma:

Resolucion de 27 de agosto de 2009. Resolución de 9 de junio de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Contribuir a sufragar los gastos originados a los funcionarios de cuerpos docentes por los conceptos subvencionables.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Base Quinta de la Resolución de 27 de agosto de 2009.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrá solicitar las ayudas tipo A (ayudas por estudios) y tipo B (ayudas por Escuelas Infantiles y guarderías) el personal funcionario de cuerpos docentes que haya impartido enseñanzas escolares del sistema educativo no universitario o haya prestado servicios en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia del Principado de Asturias, y acredite, al menos, un tiempo de servicios igual o superior a seis meses durante el curso escolar 2007/2008.También estará incluido el personal funcionarial docente en puestos de la Administración educativa y el personal perteneciente
al cuerpo de Inspección educativa que cumpla el citado requisito temporal.

Podrá solicitar la ayudas tipo C (ayudas por discapacidad), tipo D (ayudas para atención de hijos iguales o
menores de 3 años y ascendientes mayores de 70 años dependientes) y tipo E (ayudas por adopción internacional) el personal de cuerpos docentes que haya impartido enseñanzas escolares del sistema educativo no universitario o haya prestado servicios en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia del Principado de Asturias, y acredite, al menos, un tiempo de servicios igual o superior a seis meses durante el curso escolar 2008/2009. También estará incluido el personal funcionarial docente en puestos de la Administración educativa y el personal perteneciente al cuerpo de Inspección educativa que cumpla el citado requisito temporal.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A. Ayudas por estudios.

B. Ayudas por escuelas infantiles y guarderías.

C. Ayudas por discapacidad.

D. Ayudas para atención de hijos iguales o menores de 3 años y ascendientes mayores de 70 años dependientes.

E. Ayudas por adopción internacional.


Documentos asociados

Boletín: 20/06/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 142
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 08/09/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 208
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos. Descargar Documento