Ayudas al profesorado y al personal laboral de los centros educativos publicos del Departamento de Educacion que realiza funciones de atencion a los alumnos, y que ha participado en actividades educativas realizadas fuera de los centros durante el curso escolar 2006-2007.

Código de ayuda:

S13119/08

Norma:

RESOLUCION EDU/461/2008, de 15 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/03/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de estas bases la regulación del contenido, procedimiento y concesión de las ayudas al profesorado y al personal laboral de los centros educativos públicos del Departamento de Educación que realiza funciones de atención a los alumnos, y que ha participado en actividades educativas con los alumnos realizadas fuera de los centros durante el curso escolar 2006-2007.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Educación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe unitario de la ayuda, que no será superior a 35 euros, se obtendrá distribuyendo el presupuesto máximo fijado en el artículo 3 de esta Resolución entre el número total de ayudas acreditadas correctamente.

Se computará una ayuda por cada una de las noches de pernoctación, y una ayuda por cada día no lectivo (sábado, domingo o festivo) por la participación en actividades acreditadas conforme a las bases de la convocatoria. El importe individual asignado será el resultado de multiplicar el número de ayudas otorgadas
por su importe unitario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrá solicitar estas ayudas el profesorado y el personal laboral de los centros educativos públicos del Departamento de Educación que realiza funciones de atención a los alumnos, y que ha participado en actividades educativas en los términos establecidos en la base 2 de esta Resolución.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se otorgarán ayudas individuales, de carácter económico, cuando la actividad haya comportado pernoctar fuera del domicilio, o bien se haya efectuado en días no lectivos (sábado, domingo o festivo).

Las actividades deberán haberse previsto en la programación general del centro, aprobadas por el consejo escolar, y destinadas a completar materias curriculares del alumnado.

Las actividades deben haberse efectuado fuera del centro, en el período comprendido entre el inicio de las clases, el 12 de septiembre de 2006, y su finalización, el 20 de junio de 2007, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden EDC/207/2006, de 24 de abril, por la cual se establece el calendario escolar del curso 2006-2007 para los centros educativos no universitarios (DOGC núm. 4623, de 28.4.2006).

También podrán otorgarse las ayudas para aquellas actividades realizadas fuera del calendario ordinario de clases que se hayan efectuado entre el 1 de septiembre de 2006 y el 31 de agosto de 2007, en el marco de programas educativos específicos convocados por el Departamento de Educación u otras administraciones públicas.

Documentos asociados

Boletín: 26/02/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5078
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín: 30/04/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5619
Documento: Modificación Descargar Documento