Ayudas al retorno de los valencianos en el exterior para el ejercicio 2008.
Código de ayuda:
S02764/08Norma:
ORDEN de 4 de enero de 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/04/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente convocatoria tiene como objeto sufragar los gastos extraordinarios que pudieran ocurrir del hecho del retorno, que tiendan a cubrir o atender determinadas necesidades económicas de los retornadosvalencianos en situación de necesidad, así como de los familiares que convivan y dependan económicamente de ellos.
Categorías Subvención
- Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
- Transporte
Localización del organismo gestor
Comunidad Valenciana
Convoca:
Conselleria de Inmigración y Ciudadanía (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de las ayudas será una cantidad fija teniendo en cuenta las solicitudes presentadas, las disponibilidades presupuestarias y los criterios de valoración.El pago de la ayuda concedida se hará efectivo mediante transferencia, tras la comprobación de la documentación de la justificación del gasto objeto de la subvención.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán beneficiarse del presente programa de ayudas:1. Los asociados a los Centros Valencianos en el Exterior que tuvieran su lugar de residencia en el extranjero y vuelvan a la Comunidad Valenciana.
2. También podrán beneficiarse los miembros de la unidad familiar de las personas indicadas en el apartado anterior, siempre que el retorno a la Comunidad Valenciana se realice conjuntamente con éstos.
A estos efectos se entenderá por unidad familiar, la integrada por el solicitante y su cónyuge no separado legalmente o de hecho, así como los hijos y parientes por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el segundo grado, siempre que convivan y dependan económicamente del solicitante.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Esta subvención tiene por objeto, mediante la concesión de una aportación económica, facilitar el retorno, temporal o definitivo a la Comunidad Valenciana de los miembros de las comunidades de valencianosen el exterior, subvencionando los gastos ocasionados por el viaje de retorno.
Requisitos:
1. Estar asociado a un Centro Valenciano en el Exterior.2. Carecer de rentas o ingresos suficientes, computándose como tales todo tipo de rentas, incluso las ayudas, públicas o privadas, de naturaleza semejante a las previstas en esta orden.
3. Haber residido legalmente en el extranjero un mínimo de diez años ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la fecha de su llegada a España.
Documentos asociados
Boletín:
11/01/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5678
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5678
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento