Ayudas al sector agrícola en materia de sanidad vegetal.- Convocatoria 2016.
Código de ayuda:
S00846/16Norma:
ORDEN ARP/373/2015, de 18 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 1 de febrero de 2016.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La prestación de los servicios en materia de sanidad vegetal dirigidos a la prevención y mejora de la lucha contra los agentes nocivos de los vegetales, que incluyan:a) Las actuaciones de asesoramiento técnico detalladas en el anexo 2.
b) Las actuaciones prioritarias de seguimiento en común con respecto a los organismos nocivos detallados en el anexo 3.
Estas actuaciones tienen que estar enmarcadas en los objetivos de la gestión integrada de plagas que se
desarrolla en la Directiva 2009/128/CE, en la que se establece el marco de la actuación comunitaria para
conseguir un uso sostenible de los plaguicidas.
La adquisición de medidos de prevención y lucha contra la mosca del olivo (Bactrocera oleae) declarado
oficialmente como plaga en la Orden ARP/259/2006 incluida en el anexo 3.
Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
Detalle beneficiarios:
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, u otros tipos de unidades económicas o patrimonio separado que sean titulares de explotaciones agrícolas de Cataluña.La persona beneficiaria tiene que solicitar la prestación de los servicios objeto de estas ayudas a la
agrupación de defensa vegetal (en adelante, ADV) de su ámbito territorial.
Tener la condición de pymes de acuerdo con la definición prevista en el anexo 1 del Reglamento (UE) núm.
702/2014 de la Comisión, de 25 de junio de 2014.
A fin de que la persona beneficiaria pueda acceder a las actuaciones objeto de la ayuda, no es necesario que sea asociada de la ADV de la cual solicita los servicios.
Son entidades solicitantes y perceptoras de la ayuda las ADV reconocidas oficialmente de acuerdo con lo
que establece el Decreto 61/2015, de 28 de abril, sobre los productores y operadores de medios de defensa fitosanitaria de Cataluña, y las ADV (DOGC núm. 6862, de 30.4.2015) y, por lo tanto, inscritas en la sección V del Registro de productores y operadores de mediados de defensa fitosanitaria de Cataluña.
Documentos asociados
Boletín:
30/12/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7028
Documento: Bases y Convocatoria 2016 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7028
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