Ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el Fomento de Sectores Tecnologicos de la Comunidad de Madrid, en el marco de la Estrategia Regional de Investigacion e Innovacion para una Especializacion Inteligente (RIS3), dentro del Programa Operativo de la Comunidad de Madrid para el periodo 2014-2020.- Convocatoria 2015.
Código de ayuda:
S02064/15Norma:
ORDEN de 23 de diciembre de 2014. ORDEN de 3 de agosto de 2016.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 16/02/2015Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular el procedimiento de concesión de ayudas a empresas, preferentemente pymes, que desarrollen o vayan a desarrollar sus actividades en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y que realicen alguna o algunas de las actividades establecidas.Categorías Subvención
- Creación nuevas empresas
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
Comunidad de Madrid
Convoca:
Consejería de Economía y Hacienda (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Consultar según tipo de acción subvencionable.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las empresas, preferentemente pymes, que dispongan de un centro de trabajo en la Comunidad deMadrid y cuyas actividades, objeto de ayuda, se encuadren en alguno de los apartados que
se indican a continuación:
— Proyectos de investigación y desarrollo de productos y procesos ligados a las áreas tecnológicas consideradas estratégicas.
— Desarrollo de empresas jóvenes e innovadoras (empresas de base tecnológica,“start-up”).
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Proyectos de investigación y desarrollo de productos y procesos ligados a las áreastecnológicas consideradas estratégicas.
Las áreas tecnológicas seleccionadas como estratégicas son:
a) Áreas Generales: Nanotecnología, Materiales Avanzados, Tecnologías Industriales y del Espacio.
b) Área Salud, Biotecnología, Agua y Agroalimentación.
c) Área Energía, Medio Ambiente y Transporte (incluida Aeronáutica).
d) Área Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
2. Desarrollo de empresas jóvenes e innovadoras (empresas de base tecnológica, “start-up”).
Requisitos:
Tienen la consideración de empresas las personas físicas y jurídicas, cualquiera que sea su régimen jurídico, que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud de ayuda, y que ejerzan una actividad económica.Documentos asociados
Boletín:
15/01/2015
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 12
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 12
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
26/08/2016
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 204
Documento: Modificación Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 204
Documento: Modificación Descargar Documento