Ayudas, cofinanciadas por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a Ayuntamientos y Diputaciones Provinciales destinadas a financiar programas de educacion de personas adultas, para el curso 2008/2009.

Código de ayuda:

S10819/08

Norma:

ORDEN EDU/239/2008, de 12 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/03/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a Ayuntamientos y Diputaciones Provinciales destinadas a financiar programas de educación de
personas adultas, para el curso 2008/2009, en la Comunidad de Castilla y León.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Educación (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía global máxima de las ayudas será de UN MILLÓN CIENTO SESENTAYUN MILOCHOCIENTOS SETENTAYDOS EUROS (1.161.872,00 €) distribuida de la siguiente manera:

a) En el año 2008 la concesión de ayudas se hará con cargo a la aplicación 07.02.322A03.46003.0 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para este año, por importe máximo de NOVECIENTOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS CON NUEVE CÉNTIMOS DE EURO (900.685,09 €).
b) En el año 2009 la concesión de ayudas se hará con cargo a la aplicación correspondiente de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para ese año, por importe máximo de
DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS EUROS CON NOVENTA Y UN CÉNTIMOS DE EURO (261.186,91 €).

La cuantía máxima de la ayuda para cada programa será de CINCO MIL QUINIENTOS EUROS (5.500 €).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los Ayuntamientos y las Diputaciones Provinciales de la Comunidad de Castilla y León, con excepción de los Ayuntamientos pertenecientes a provincias cuya Diputación haya presentado solicitud en la presente convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Únicamente podrán ser objeto de subvención los siguientes programas de educación de personas adultas:

– Programas «A»: Programas de alfabetización y/o formación inicial para neolectores.
– Programas «B»: Programas orientados a la obtención de titulaciones regladas que permitan acceder al mundo del trabajo y a otros niveles del sistema educativo.
– Programas «C»: Programas destinados a colectivos desfavorecidos que permitan su integración y participación en el mundo laboral.
– Programas «D»: Programas dirigidos a inmigrantes que requieran alfabetización en lengua castellana o procesos de integración social.

Cada programa deberá contar con un mínimo de 20 alumnos.
Excepcionalmente, en el ámbito rural y para programas de alfabetización u otras formaciones iniciales y para programas dirigidos a inmigrantes, se podrán conceder ayudas para la realización de programas con un mínimo de 10 alumnos siempre que, con carácter previo, quede debidamente motivada y acreditada la necesidad de la acción educativa en la zona.

Los Programas se iniciarán y finalizarán entre los meses de septiembre de 2008 y junio de 2009 y respetarán los períodos vacacionales, días festivos y días no lectivos que se indiquen en la Orden por la que se establece el calendario escolar para el curso 2008/2009.

Cada uno de los programas presentados por los Ayuntamientos debe cuantificar el número de horas lectivas precisas para su desarrollo, no pudiendo ser nunca inferior a 400 horas/curso académico. Esta medida no afecta a los programas de Diputaciones cuya estimación será global.

Documentos asociados

Boletín: 18/02/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 33
Documento: Convocatoria curso 2008/2009 y Anexos Descargar Documento