Ayudas complementarias a las Federaciones Deportivas Españolas.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S33155/17

Norma:

Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre. Resolución de 28 de junio de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 18 de julio de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene como objetivos:

Optimizar la preparación deportiva y los resultados de la participación en competiciones deportivas de alto nivel internacional a través de las Federaciones Deportivas Españolas (FFDDEE).

Por orden de preferencia, otros subobjetivos complementarios son:

El fomento cuantitativo y cualitativo de las competiciones nacionales.

La formación de técnicos deportivos y de jueces, árbitros o equivalentes.

El fomento de la participación de la mujer en todos los ámbitos del deporte.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Cultura y Deporte ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades deportivas
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Podrán ser solicitantes y perceptoras de estas ayudas todas las federaciones deportivas españolas que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Programas de Actividades Deportivas en el CAR de León y en los Centros Especializados de Alto Rendimiento de las CC.AA. y de las FFDDEE.

Programa Nacional de Tecnificación Deportiva.

Programa de inversiones en Centros Especializados de Alto Rendimiento (CEAR).

Requisitos:

I. Abarcar en su ámbito ordinario de actividad alguna de las modalidades, especialidades, pruebas, y actividades deportivas, integradas en las FFDDEE, que se indican como subvencionables en El Catálogo de Especialidades y Pruebas deportivas incluido como Anexo I de la presente convocatoria y previsto en el apartado 10.2 de la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD (en adelante “El Catálogo”).

II. No presentar opinión denegada o negativa en el informe de auditoría del último ejercicio cerrado.

III. Haber aprobado por medio de sus órganos de gobierno, la aplicación del Código de Buen Gobierno que constituye el Anexo II de la presente Convocatoria.

IV. Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones recogidas en la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno que se detallan en el Anexo VIII.

V. Encontrarse al corriente con el CSD en la amortización de préstamos anteriores y pago de los intereses respectivos.

VI. Que su Presidente no perciba retribución alguna a cargo de su Federación o, en caso de percibirla, no mantenga más relación remunerada con la Federación que la inherente a su cargo como Presidente de la misma.

VII. No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS.

VIII. Contar como mínimo con tres mujeres o un 33% de representación femenina en la Junta Directiva o en caso de carecer de dicho órgano, en la Comisión Delegada u órgano similar.

IX. Disponer de un Protocolo para la prevención, detección y actuación frente al acoso y abuso sexual aprobado en la Junta Directiva u órgano asimilado y dar cumplimiento al mismo. Dicho Protocolo deberá estar visible en su web así como remitido a sus Federaciones Autonómicas para su difusión.

X. Disponer de una Comisión Mujer y Deporte y/o designar un/a responsable de las actuaciones relativas a Mujer y Deporte de la Federación.

XI. Estar adherida al Manifiesto por la Igualdad y la Participación de la Mujer en el Deporte del CSD, y a la Declaración de Brighton para promover la participación de las mujeres en todos los ámbitos del deporte. Así mismo, cumplir lo dispuesto en la Convención de la ONU sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW 1979) (ratificada por España en 1983), así como en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para igualdad efectiva de mujeres y hombres.

XII. Cumplir y dar efecto a lo contemplado en la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.

Documentos asociados

Boletín: 15/12/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 301
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 04/07/2017
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 158
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 04/07/2017
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 158
Documento: Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento