Ayudas complementarias para estudiantes procedentes de la Union Europea no nacionales y beneficiarios de la Beca Erasmus para cursar estudios en Ceuta.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S01055/12

Norma:

Ceuta a 10 de Enero de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/02/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las normas reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de
concurrencia competitiva, a aquellos alumnos que se desplacen a Ceuta para realizar estudios Universitarios dentro del programa europeo de ayudas Erasmus, en los centros docentes de esta ciudad adscritos a la Universidad de Granada, con la fi nalidad de contribuir a sufragar los gastos adicionales de la movilidad de los estudiantes (manutención, viaje, alojamiento, etc.), en el territorio de Ceuta, para el curso académico 2011-2012.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Ceuta

Convoca:

Ciudad Autonoma de Ceuta (Ceuta)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía para estas ayudas se establece en 150€/mes. La cuantía total es aquella resultante de multiplicar la cuantía mensual concedida por el número de meses de estancia acreditada en Ceuta.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los alumnos que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La realización de estudios Universitarios dentro del programa europeo de ayudas Erasmus, en los centros docentes de esta ciudad adscritos a la Universidad de Granada, con la fi nalidad de contribuir a sufragar los gastos adicionales de la movilidad de los estudiantes (manutención, viaje, alojamiento, etc.), en el territorio de Ceuta, para el curso académico 2011-2012.

Requisitos:

a) Ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, de Noruega, Islandia, Liechtenstein o Suiza con excepción de España o estar reconocido por el país en que reside, como residente permanente, refugiado o apátrida.

b) Estar matriculado en alguna de las enseñanzas universitarias impartidas en Ceuta.

c) Residir en Ceuta.

Además de los requisitos incluidos en el apartado anterior será preciso que la puntuación total obtenida por el/la solicitante, en virtud de lo dispuesto en la base séptima de la convocatoria, le sitúe dentro del crédito disponible.

Documentos asociados

Boletín: 06/01/2012
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 5119
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 13/01/2012
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 5121
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento