Ayudas comunitarias para compensar los costes adicionales en la comercializacion de determinados productos pesqueros de las Islas Canarias durante la campaña de 2009, previstas en el Reglamento (CE) nº 791/2007, del Consejo, de 21 de mayo de 2007, que establece un regimen de compensacion de los costes adicionales que origina la comercializacion de determinados productos pesqueros de las regiones ultraperifericas de las Azores, Madeira, las Islas Canarias, la Guayana Francesa y la Reunion. Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S49391/10

Norma:

ORDEN de 3 de agosto de 2010. REGLAMENTO (CE) No 791/2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/09/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las normas que han de regir la convocatoria de las ayudas comunitarias para compensar los costes adicionales en la comercialización de determinados productos pesqueros de las Islas Canarias producidos durante la campaña de 2009, previstas en el Reglamento (CE) nº 791/2007, del Consejo, de 21 de mayo de 2007, por el que se establece un régimen de compensación de los costes adicionales que origina la comercialización de determinados productos pesqueros de las regiones ultraperiféricas de las Azores, Madeira, las Islas Canarias, la Guayana Francesa y la Reunión.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) En caso de comercialización de los productos pesqueros, los propietarios o arrendatarios de buques
con puerto base en las Islas Canarias, que acrediten su despacho por los períodos en los que se obtuvieron
las capturas.

b) En el caso de comercialización de productos acuícolas, los titulares de establecimiento de acuicultura que
cuente con la preceptiva concesión o autorización administrativa para el ejercicio de la actividad acuícola y
esté radicado en la Comunidad Autónoma de Canarias.

c) Los agentes económicos del sector de la transformación y la comercialización que deban hacer
frente a los costes adicionales derivados de la comercialización de las especies susceptibles de compensación.

d) Las asociaciones integradas por los solicitantes mencionados anteriormente, que comercialicen la
producción de sus asociados, siempre que la ayuda no haya sido solicitada por éstos.

e) Las comunidades de explotación, que comercialicen las producciones de sus asociados, cuando
éstos no las hayan presentado individualmente.

f) Los peticionarios que se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, estatales
y autonómicas, así como con la Seguridad Social.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los productos pesqueros a los que se concede la compensación deben haber sido criados y transformados con arreglo a las normas de la política pesquera común en materia de:

a) conservación y gestión;

b) trazabilidad;

c) normas de clasificación.

Documentos asociados

Boletín: 06/07/2007
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº L176
Documento: REGLAMENTO (CE) No 791/2007 Descargar Documento
Boletín: 16/08/2010
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 160
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento