Ayudas con cargo al Fondo Común de Cooperación Aquitania-Euskadi, para el ejercicio 2011.
Código de ayuda:
S22128/08Norma:
DECRETO 51/2008, de 18 de marzo. RESOLUCIÓN de 31 de marzo de 2008. RESOLUCION de 19 de febrero de 2009. RESOLUCION de 25 de febrero de 2010. RESOLUCIÓN de 13 de abril de 2011.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de mayo de 2011.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar ayudas con cargo al Fondo Común de Cooperación Aquitana-Euskadi para el ejercicio 2011.Categorías Subvención
Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las subvenciones que se concedan no podrán alcanzar más del cincuenta por ciento (50%) del coste delproyecto para la persona solicitante.
La concreta determinación del importe se efectuará en función al porcentaje de la puntuación alcanzada
en la fase de valoración y selección, con el límite indicado en el párrafo precedente.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los solicitantes que cumplan los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las ayudas concedidas con cargo al Fondo Común de Cooperación Euskadi-Aquitania podrán estardestinadas a sufragar los siguientes gastos:
a) Los de análisis y desarrollo técnico del proyecto.
b) Los correspondientes a la adquisición de materiales y suministros para el equipamiento del proyecto.
c) Los de funcionamiento del proyecto, incluidos los de personal que efectivamente repercutan en el funcionamiento del proyecto.
Requisitos:
1.– Ser personas físicas o jurídicas, tanto públicas como privadas, con domicilio social o vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma de Euskadi, con anterioridad al año con que presentan la solicitud.2.– Presentar, al menos, una persona copartícipe en el proyecto que tenga la vecindad administrativa o el
domicilio social en la Región de Aquitania.
3.– Hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
4.– Podrán así mismo solicitar de forma conjunta ayudas con cargo al Fondo varias personas físicas o jurídicas, tanto públicas como privadas, siendo cotitulares de un proyecto único. En este caso deberán designar un representante del proyecto.
Documentos asociados
Boletín:
31/03/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 60
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
01/04/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 61
Documento: Convocatoria 2008 y Anexo Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2008 y Anexo Descargar Documento
Boletín:
13/03/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 51
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
22/03/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 54
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
Boletín:
29/04/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 80
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento