Ayudas con cargo al Fondo para la Cooperación Aquitania-Euskadi.

Código de ayuda:

S10782/05

Norma:

Resolución de 10 de marzo de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/04/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de las ayudas que la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi destina en el ejercicio presupuestario de 2005 a entidades o personas privadas y públicas de la Comunidad Autónoma, excluida la Administración General, que realicen proyectos de cooperación transfronteriza con otras entidades o personas públicas o privadas de la Región de Aquitania.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Cooperación empresarial
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas que se concedan no superarán la cantidad solicitada por el peticionario, pudiendo alcanzar el cien por ciento (100%) de lo solicitado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, tanto privadas como públicas, excluyendo la Administración General.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos de cooperación presentados deberán cumplir los requisitos siguientes:
a) Consistir en acciones que se desarrollen en uno o varios de los siguientes ámbitos:
– Grupo I: Enseñanza Superior y Centros Tecnológicos: Investigación aplicada y Transferencia de Tecnología-Intercambio de becarios y becarias y personas investigadoras
– Formación para obtención de co-diplomaturas.
Estos proyectos podrán implicar una empresa en el Proyecto de Cooperación.
– Grupo II: Acción Económica – Innovación tecnológica: Inversión en Nuevas Tecnologías – Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación – Fomento de la constitución de agrupaciones para la exportación
– Creación de nuevos productos – Cooperación Industrial y desarrollo de empresas. Agricultura-Pesca- Turismo-Medio Ambiente-Transporte.
– Grupo III: Formación – Cultura: Formación tendente a favorecer el Desarrollo de Actividades Transfronterizas– Cooperación entre instituciones sin ánimo de lucro – Bilingüismo franco-español y desarrollo del euskera- Deportes-Sanidad-Integración social.
b) Tener carácter bilateral, reuniendo una o varias personas cooperantes en cada una de las Regiones.
c) Iniciarse entre el 1 de enero de 2005 y los dos meses siguientes a la publicación de la Resolución por la que se concede la ayuda.
d) Finalizarse las acciones objeto de ayuda antes del 31 de diciembre del año 2006, sin perjuicio de que el proyecto continúe su desarrollo con posterioridad a esta fecha.

Requisitos:

a) Tener vecindad administrativa o domicilio social en la Comunidad Autónoma del País Vasco con anterioridad al 1 de enero de 2005.
b) Presentar, al menos, una persona copartícipe en el proyecto que tenga la vecindad administrativa o domicilio social en la Región de Aquitania.
c) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias en los casos exigidos por la normativa vigente.

Documentos asociados

Boletín: 17/03/2005
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 53
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento