Ayudas con cargo al programa Menorca, Música y Teatro.- Segunda Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S07100/13Norma:
Maó, 11 de marzo de 2013. Maó, 30 de julio de 2013.Plazo de Solicitud:
Hasta el día 31 de agosto de 2013.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La promoción de la actividad musical y teatral que desarrollan los grupos menorquines a fin de ofrecerles un marco para dar a conocer su actividad y creatividad, colaborando a mantener unas manifestaciones culturales arraigadas en la isla.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Asociacionismo y Voluntariado
- Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El Departamento competente en materia de Cultura del CIM abonará a las entidades beneficiarias de la subvención del importe de las ayudas de las actuaciones o los porcentajes que correspondan de acuerdo con estas bases, de acuerdo con el siguiente baremo:Corales Desde 335 € hasta 530 € por actuación
Bandas de música Hasta 530 € por actuación
Música clásica Desde 270 € hasta 530 € por actuación
Grupos folclóricos Hasta a 370 € por actuación
Grupos de música popular y cantautores Desde 270 € hasta 470 € por actuación
Grupos pop, rock Hasta 470 € por actuación
Poetas 160 € por actuación
Grupos varios Desde 200 € hasta 400 € por actuación
Grupos de artes escénicas Desde 400 € hasta 700 € por actuación
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los ayuntamientos de Menorca, las entidades culturales (excepto las exclusivamente musicales), las asociaciones de vecinos y los clubes de jubilados.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actividades musicales y teatrales que promuevan los ayuntamientos de Menorca, las entidades culturales (excepto las exclusivamente musicales), las asociaciones de vecinos y los clubes de jubilados que tengan lugar durante el año 2013.Requisitos:
En cualquier caso, no pueden ser beneficiarias las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.Documentos asociados
Boletín:
19/03/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 37
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 37
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín:
06/08/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 110
Documento: Segunda Convocatoria 2013. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 110
Documento: Segunda Convocatoria 2013. Descargar Documento