Ayudas correspondientes a las intervenciones en forma de pagos directos previstos en el Plan Estratégico de la PAC (PEPAC).
Código de ayuda:
S02037/25Norma:
Resolución de 30 de enero de 2025. Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de abril de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Son objeto de convocatoria, para el año 2025, en el marco de lo establecido en el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control, las siguientes líneas de ayuda:A) EN MATERIA DE AGRICULTURA:
Ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, regulada en los artículos 14,15 y 16 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
Ayuda redistributiva complementaria a la renta para la sostenibilidad, regulada en los artículos 17,18 y 19 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
Ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores y agricultoras, regulada en los artículos 20, 21 y 22 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
Ayuda asociada a los siguientes cultivos:
a. Ayuda asociada a la producción sostenible de proteínas de origen vegetal. Plan Proteico, regulada en los artículos 48, 49, 50 y 51del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
b. La ayuda asociada a la producción sostenible del arroz, regulada en los artículos 52, 53 y 54 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
c. Ayuda Asociada a los productores de frutos secos en áreas con riesgo de desertificación, regulada en los artículos 64, 65 y 66 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
d. Ayuda Asociada al olivar con dificultades específicas y alto valor medioambiental, regulada en los artículos 78, 79 y 80 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
e. Respecto a los cultivos de uva pasa, remolacha azucarera, tomate para transformación y algodón, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
B) EN MATERIA DE GANADERÍA:
a. Ayuda asociada para los ganaderos extensivos de vacuno de carne, regulada en los artículos 83, 84 y 85 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
b. Ayuda asociada para el engorde de terneros en la explotación de nacimiento, regulada en los artículos 86, 87 y 88 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
c. Ayuda asociada para el engorde sostenible de terneros, regulada en los artículos 89, 90 y 91 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
d. Ayuda asociada para la producción sostenible de leche de vaca, regulada en los artículos 92, 93 y 94 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
e. Ayuda asociada para los ganaderos extensivos y semiextensivos de ovino y caprino de carne, regulada en los artículos 95, 96 y 97 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
f. Ayuda asociada para la producción sostenible de leche de oveja y cabra, regulada en los artículos 98, 99 y 100 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
g. Ayuda asociada para los ganaderos extensivos y semiextensivos de ovino y caprino sin pastos a su disposición y que pastorean superficies de rastrojeras, barbechos y restos hortofrutícolas, regulada en los artículos 101, 102 y 103 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
C) EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE Y CLIMA:
Ecorregímenes de Agricultura de carbono y agroecología: Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en las superficies de pastos, regulados en los artículos 27,28,29, 30 y 31 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
Ecorregímenes de Agricultura de carbono y agroecología: rotación de cultivos y siembra directa en tierras de cultivo, regulados en los artículos 32, 33,34,35,36 y 37 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
Ecorregímenes de Agricultura de carbono: cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos, regulados en los artículos 38,39,40,41,42 y 43 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
Ecorrégimen de Agroecología: espacios de biodiversidad, regulados en los artículos 44 y 45 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Desarrollo Rural
- Juventud
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Fogaiba (Islas Baleares)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Comunidades de bienes / propietarios
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Tendrán derecho a percibir la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, los agricultores que posean, bien en régimen de propiedad, usufructo o arrendamiento, derechos de ayuda básica a la renta conforme a lo establecido en el Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre, sobre derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad de la Política Agrícola Común.Requisitos:
a. Presentar la solicitud única conforme a lo establecido en el artículo 104.1 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.b. En dicha solicitud se incluirán los derechos de ayuda básica a la renta por los que el titular quiera percibir el pago conforme a lo dispuesto en el anexo VI del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, donde se establece la información mínima que deberá contener la solicitud única de ayuda. Los derechos de ayuda sólo podrán ser activados en superficies de la misma región a la que pertenezcan esos derechos, por el agricultor que los tenga disponibles en la fecha límite para la modificación de la solicitud única o
que los reciba con posterioridad a dicha fecha mediante cesión o una asignación de nuevos derechos de reserva nacional.
Documentos asociados
Boletín:
29/12/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 312
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 312
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
30/01/2025
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 14
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 14
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