Ayudas correspondientes a programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo.

Código de ayuda:

S40582/21

Norma:

Real Decreto 266/2021, de 13 de abril. Orden de 30 de julio de 2021. Orden de 25 de septiembre de 2021. Orden de 11 de febrero de 2022. Orden de 5 de diciembre de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de diciembre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder ayudas a los destinatarios finales dentro del programa MOVES III, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión
directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo.

Contribuir a la descarbonización del sector transporte mediante el fomento de la electrificación de la movilidad para la consecución de los objetivos fijados tanto por el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030, como en el Programa Nacional de Control de la Contaminación Atmosférica, promoviendo la adquisición de vehículos eléctricos así como la infraestructura de recarga adecuada.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades deportivas
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Siempre que tengan su residencia fiscal en España:

Las personas físicas que desarrollen actividades económicas, que desarrollen dicha actividad en el territorio regional y tengan vecindad igualmente en esta Comunidad, en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria.

Las personas físicas que sean mayores de edad, y, las personas menores de edad con discapacidad, que tengan su residencia habitual en la Región de Murcia y no estén incluidas en el apartado anterior.

Las comunidades de propietarios radicadas en la Región de Murcia, reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, considerándose también a sus vecinos individualmente como beneficiarios debiendo tener vecindad en la Región de Murcia.

Las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, con y sin ánimo de lucro, cuyo Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, o R. También serán elegibles las Entidades de Conservación de Polígonos o Sociedades Agrarias de Transformación cuyo NIF comience por V.

En el caso de actuaciones del Programa de incentivos 1 (adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible) deberán tener su domicilio social, sede o centro de trabajo ubicado en la Región de Murcia.

Las entidades locales de la Región de Murcia, y el sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas que realicen su actividad en la Región de Murcia.

Están excluidos los interesados enumerados en el artículo 7.3 de la convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Programa de incentivos 1 (Programa para el fomento de adquisición de vehículos eléctricos): Adquisición, directa o por medio de operaciones de financiación de leasing o renting, de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible. Se incentivan los turismos, furgonetas y motocicletas nuevas y
de demostración, así como los cuadriciclos nuevos.

En los casos en los que se acredite la baja definitiva de otro vehículo que cumpla las condiciones establecidas en el anexo I de la convocatoria, la ayuda se verá incrementada.

Los vehículos M1 y N1 que se acojan al programa de incentivos, deberán contar con un descuento de al menos 1.000 euros en la factura de venta por parte del fabricante/importador o punto de venta del vehículo adquirido, a trasladar al beneficiario de la ayuda.

No serán actuaciones subvencionables las adquisiciones de autocares o autobuses de categoría M2 o M3 ni de camiones o furgones de categoría N2 y N3.

Programa de incentivos 2 (Programa de apoyo al despliegue de infraestructura de recarga): Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos. Se incentiva la adquisición directa; para las comunidades de propietarios es subvencionable la preinstalación eléctrica de recarga; los sistemas de recarga pueden ser públicos o privados, y con categorías de carga: vinculado, convencional, semirrápida; rápida y ultra rápida.

Las actuaciones deberán efectuarse dentro del territorio regional con la salvedad de que, para la adquisición de vehículo, no exista oferta adecuada.

Cada actuación subvencionable deberá cumplir los requisitos establecidos en el anexo I de la convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 14/04/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 89
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento
Boletín: 04/08/2021
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 178
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 04/08/2021
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 178
Documento: Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 01/10/2021
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 228
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 18/02/2022
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 40
Documento: Ampliación Plazo Resolución Descargar Documento
Boletín: 13/12/2022
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 286
Documento: Modificación crédito Descargar Documento