Ayudas de acción social a favor del personal funcionario perteneciente a los Cuerpos Nacionales a servicio de la Administración de Justicia, transferidos a la Comunidad Autónoma de Aragón.

Código de ayuda:

S02137/16

Norma:

ORDEN PRE/4/2016, de 11 de enero. Decreto 216/2014, de 16 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Del 16 de enero al 15 de febrero del año siguiente en que se produzca el hecho, gasto o situación.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las normas reguladoras de las contingencias y situaciones que dan acceso al sistema de ayudas de acción social a favor del personal funcionario perteneciente a los Cuerpos Nacionales al servicio de la Administración de Justicia, transferidos a la Comunidad Autónoma de Aragón.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Presidencia, Economía y Justicia (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los funcionarios de carrera o interinos de los Cuerpos Nacionales al servicio de la Administración de Justicia dependientes de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuya gestión haya sido transferida y que a continuación se detalla:

- Médicos Forenses.
- Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
- Gestión Procesal y Administrativa.
- Tramitación Procesal y Administrativa.
- Auxilio Judicial.
- Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Modalidades de ayudas.

Las ayudas previstas en este Reglamento se agrupan en las siguientes modalidades:

a) Ayuda por discapacidad.
b) Ayuda para el cuidado de hijos.
c) Ayuda sanitaria.
d) Ayuda de estudio para el empleado.

Requisitos:

Los funcionarios de los cuerpos citados que aspiren a ser beneficiarios de alguno de las ayudas deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Encontrarse en situación administrativa de servicio activo como funcionario de la Administración de Justicia, con destino en la Comunidad Autónoma de Aragón, el 31 de diciembre del año anterior al que se formule la solicitud o haber prestado servicios durante al menos seis meses en dicho año, sin necesidad de que éstos sean ininterrumpidos.

b) Reunir los requisitos exigidos para cada ayuda que figuran en sus condiciones específicas.

c) Los requisitos y condiciones familiares y personales, salvo que expresamente se indique otra cosa, se entenderán referidos a 31 de diciembre del año anterior al de la presentación de solicitudes.

Un mismo solicitante no puede ser beneficiario de más de dos ayudas, excepto si a su vez fuera beneficiario de la ayuda por discapacidad, teniendo derecho en este caso a la percepción de las tres ayudas; es decir, en el caso de que un peticionario solicitase distintas ayudas y pudiera ser beneficiario de todas ellas, sólo tendría derecho a la percepción de aquellas dos de mayor cuantía económica, y a la de discapacidad, en su caso.

Documentos asociados

Boletín: 26/12/2014
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 253
Documento: Decreto 216/2014 Descargar Documento
Boletín: 15/01/2016
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 9
Documento: Modificación Modelo Solicitud Descargar Documento