Ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S32282/23

Norma:

ORDEN de 6 de julio de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 21 de agosto de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta convocatoria es otorgar ayudas a las universidades del SUG, a los organismos públicos de investigación de Galicia, a las fundaciones de investigación sanitaria de Galicia (Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela, Fundación Profesor Novoa Santos, Fundación Biomédica Galicia Sur), y a los centros del CSIC radicados en Galicia que contraten a personas tituladas superiores que hayan obtenido recientemente el título de doctor o doctora para su formación en sus centros, unidades o departamentos, permitiendo la mejora de sus capacidades mediante estancias de investigación posdoctoral en el extranjero o, en casos excepcionales, en centros de I+D+i de fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Las solicitudes que propongan a personas candidatas de nacionalidad española que presenten un plan de estancias de por lo menos 20 meses en Estados Unidos optarán a contar con el apoyo de la Comisión Fulbright y tener la condición de becarias Fulbright.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total de la convocatoria es de 7.575.340 euros, para los años 2023, 2024, 2025 y 2026.

Se convocan 49 ayudas (40 para las universidades del SUG y 9 para el resto de entidades beneficiarias), de un máximo de tres años de duración. El importe de cada ayuda incluye los siguientes conceptos:

1. Un total de 32.000 euros brutos anuales en concepto de salario y costes sociales.
2
. Un complemento por cada mes de estancia de:

a) 1.000 euros si el destino de la estancia está en Portugal o Andorra (zona 1).

b) 1.500 euros si el destino de la estancia está en Europa (excepto Portugal o Andorra), África o América, excepto Estados Unidos y Canadá (zona 2).

c) 2.000 euros si el destino de la estancia está en Estados Unidos, Canadá, Asia u Oceanía (zona 3).

3. Un total de 500 euros brutos mensuales durante cada período de estancia en Estados Unidos para las solicitudes de aquellas personas investigadoras que logren la condición de becarias Fulbright.

4. Un complemento anual por ayuda de 1.500 €, destinado a las entidades beneficiarias para cubrir los gastos asociados a la contratación.

5. En aplicación del artículo 22.1, letra g), de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación, a la finalización del contrato por expiración del tiempo convenido, la persona trabajadora tendrá derecho a percibir una indemnización de cuantía equivalente a la prevista para los contratos de duración determinada en el artículo 49 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores. Para cubrir el coste de la indemnización al final del contrato se incluirá una ayuda total de 3.160 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG), los organismos públicos de investigación de Galicia, las fundaciones de investigación sanitaria de Galicia (Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela, Fundación Profesor Novoa Santos, Fundación Biomédica Galicia Sur) y los centros del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) radicados en Galicia.

Requisitos:

a) Que la fecha de finalización de los estudios conducentes a la obtención del título de licenciatura, grado o equivalente que le dio acceso al doctorado sea igual o posterior al 1 de enero de 2012.

b) Estar en posesión del grado de doctora o doctor y que este hubiera sido obtenido en fecha igual o posterior al 1 de enero de 2018. Se entenderá como fecha de obtención del título de doctora o doctor la fecha de lectura y aprobación de la tesis de doctorado.

c) No haber sido seleccionadas para alguno de los siguientes programas:

– Programas posdoctorales de la Xunta de Galicia.

– Ayudas en una convocatoria estatal de las actuaciones Juan de la Cierva-formación o Juan de la Cierva-incorporación.

– Ayudas y/o contratos posdoctorales que contemplen estancias en centros de investigación en el extranjero de dos o más años de duración.

– Ayudas o contratos posdoctorales en el extranjero que prevean una duración igual o superior a dos años.

d) Además, las solicitudes que presenten personas candidatas que opten a la condición de becarias Fulbright deben cumplir los siguientes requisitos:

– La duración de la estancia en los EUA será de un mínimo de 20 meses y un máximo de 24 meses de manera continuada, teniendo en cuenta las normas indicadas en el artículo 5.1.b).5 de esta orden.

– Tener nacionalidad española.

– Nivel de idioma inglés –hablado y escrito– adecuado para completar el proyecto de investigación en los EUA. Las personas candidatas que estén en posesión de un certificado que demuestre su nivel de inglés deberán aportarlo y la Comisión Fulbright comprobará esta circunstancia en la entrevista que se indica en el artículo 12.6. En caso de que una persona candidata no demuestre un nivel de inglés suficiente en la entrevista, no podrá obtener la condición de becaria Fulbright, aunque seguirá disfrutando de la ayuda de formación posdoctoral.

Documentos asociados

Boletín: 20/07/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 138
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 20/07/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 138
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento