Ayudas de apoyo al emprendimiento y a la mejora de la competitividad de las empresas turísticas.- Convocatoria 2021.
Código de ayuda:
S21473/21Norma:
ORDEN de 14 de abril de 2021.Plazo de Solicitud:
Hasta el 11 de junio de 2021.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 18.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
a) El objeto de la presente Orden es establecer las bases para apoyar la adecuación, recuperación y relanzamiento de la actividad turística en el contexto de crisis económica y sanitaria generado por el COVID-19.b) De acuerdo con dicho objetivo, se apoyará la creación de nuevos negocios turísticos en el País Vasco que favorezcan el desarrollo local; así como las actuaciones dirigidas a impulsar la mejora de la competitividad de las empresas turísticas vascas, mediante el apoyo a la innovación tecnológica, a la mejora y optimización de su oferta turística, y/o a su adecuación hacia un turismo seguro, sostenible, responsable y accesible, que tengan cabida en las siguientes líneas de ayudas:
– Emprendimiento para la creación de nuevos negocios turísticos.
– Mejora de la competitividad de las empresas turísticas en el contexto de la pandemia COVID-19.
Categorías Subvención
- Creación nuevas empresas
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Turismo, Comercio, y Consumo (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1.– La subvención máxima para los proyectos referidos al emprendimiento para la creación de nuevos negocios contenidos el Anexo I, será del 40 % del gasto subvencionable hasta 18.000 euros.2.– La subvención máxima para los proyectos referidos a la mejora de la competitividad de las empresas turísticas contenidos en el Anexo II, será del 30 % del gasto subvencionable hasta 15.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas y jurídicas (en adelante personas), así como las comunidades de bienes y las sociedades civiles, que cumplan los requisitos legalmente exigibles para el ejercicio de la actividad turística en la Comunidad Autónoma de Euskadi (en adelante CAE), las cuales deberán encuadrarse en alguna de las tipologías definidas en el artículo 3 de la presente Orden siguientes:a) empresas turísticas de alojamiento,
b) empresas turísticas de mediación,
c) empresas de restauración,
d) empresas de transporte turístico,
e) empresas de turismo activo,
f) empresas profesionales organizadoras de congresos (OPCs),
g) guías de turismo,
h) titulares de las áreas especiales de acogida para autocaravanas.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las ayudas previstas en la presente Orden tendrán la consideración de subvenciones no reintegrables e irán dirigidas a financiar las actuaciones que tengan encaje en alguna de las siguientes líneas:a) Emprendimiento para la creación de nuevos negocios turísticos en o, cuyas características se desarrollan en el Anexo I.
b) Mejora de la competitividad de las empresas turísticas en el contexto de la pandemia de COVID-19, cuyas características se desarrollan en el Anexo II, consistentes en:
– Innovación empresarial y de los servicios turísticos mediante soluciones tecnológicas.
– Mejora y optimización de la oferta turística de las empresas.
– Adecuación de la oferta hacia un turismo seguro, sostenible, responsable y accesible.
2.– Ambas líneas son excluyentes entre sí.
3.– Las inversiones objeto de ayuda deberán ubicarse en la CAE.
Documentos asociados
Boletín:
11/05/2021
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 91
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 91
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento