Ayudas de carácter directo a las familias del alumnado beneficiario de bolsas de comedor escolar en los centros públicos no universitarios gestionados por esta consellería durante la situación de suspensión del servicio de comedor a consecuencia del COVID-19, con levantamiento de los plazos de suspensión del procedimiento.
Código de ayuda:
S12882/20Norma:
ORDEN de 27 de marzo de 2020.Plazo de Solicitud:
Hasta el 6 de abril de 2020.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de una línea de ayudas a las familias del alumnado que ostenta la condición de gratuito y del que por renta familiar resulta pagador de un euro en los centros educativos públicos no universitarios gestionados por la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional que imparten los niveles de enseñanza básica obligatoria en el segundo ciclo de educación infantil, en educación primaria y en la enseñanza secundaria obligatoria.Categorías Subvención
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
- Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Consellería de Cultura, Educación y Universidad (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las ayudas económicas previstas consisten en una compensación del coste diario del menú por comensal, entendido como el servicio de comida a mediodía, y por los días lectivos de suspensión de la prestación del servicio a consecuencia de las medidas adoptadas por la pandemia del COVID-19.A estos efectos, y toda vez que el importe máximo del precio público de comedor o tarifa se fija en 4,50 euros por menú y día, y que en este concepto se incluyen no sólo los costes de la materia prima sino también los del personal de la consellería, consumos y mantenimiento de instalaciones, que continúa a abonar, o, en su caso, del personal de empresas ajenas, se determina que el precio máximo a satisfacer en concepto de compensación por materias primas es de dos euros con cincuenta céntimos (2,50 €), en los casos de gratuidad total, y de un euro y cincuenta céntimos (1,50 €) en los casos de gratuidad que tienen
la obligación de satisfacer un euro (1 €) por la prestación del servicio.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas compensaciones las familias con uno o más hijas/os escolarizados en centros públicos gestionados por la consellería que tengan la condición de comensales gratuitos o pagadores de un euro en las relaciones de comensales correspondientes a 31 de enero de 2020.Documentos asociados
Boletín:
30/03/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 62
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 62
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento