Ayudas de caracter personal en regimen de concurrencia competitiva, para la adquisicion de libros y material escolar para el curso 2011-2012.

Código de ayuda:

S32128/11

Norma:

Torrelavega, 24 de mayo de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 04/07/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas personales en régimen de concurrencia competitiva, para la adquisición de material escolar en las etapas de educación preescolar (2 años) y educación infantil (3 a 5 años) del curso 2011-2012.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Ayuntamiento de Torrelavega (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda máxima que se podrá conceder a cada persona física o unidad familiar será de noventa (90,00) euros por hijo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los padres o tutores de los menores de edad que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos correspondientes a la adquisición de material escolar exigido en los distintos programas educativos, impartidos en los centros en los que cursen estudios los menores que estén sujetos a la patria potestad o tutela de los peticionarios de las solicitudes.

Requisitos:

A. Ser mayor de edad o menor emancipado.

B. Residir de forma efectiva en Torrelavega y estar empadronado en el Ayuntamiento.

C. Tener escolarizados los menores en centros de educación de Torrelavega.

D. No percibir la ayuda de ningún otro organismo o entidad para el mismo fi n.

E. Carecer de bienes, a excepción de:

— La vivienda habitual cuyo valor no supere los sesenta y cinco mil (65.000,00) euros, fijado por resolución de Alcaldía número 2006001277 a la vista de los valores del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y el informe de servicios económicos municipales.

— Un vehículo, con una potencia fi scal máxima de 15,99 HP y una carga máxima de 1.500 kilogramos. A tal efecto, no se tendrán en cuenta los vehículos que tengan una antigüedad superior a ocho (8) años, ni aquellos en los que el interesado acredite que se destinan al ejercicio de una actividad profesional o mercantil.

Documentos asociados

Boletín: 03/06/2011
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 106
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento