Ayudas de caracter socioeconomico para apoyar la compra del primer barco, destinadas a pescadores menores de 40 años, cofinanciadas por el Fondo Europeo de la Pesca (2007-2013).- Convocatoria 2014/2015.

Código de ayuda:

S40119/14

Norma:

Orden GAN/50/2014, de 24 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/09/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras y la convocatoria para el periodo 2014-2015, de las ayudas de carácter socioeconómico para apoyar la compra del primer barco, destinadas a pescadores menores de 40 años, a conceder en régimen de concurrencia competitiva.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La prima por la compra del primer barco no será superior, independientemente del número de solicitantes, al quince por ciento del coste de adquisición de la propiedad ni excederá de los
50.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los tripulantes cuyo domicilio fiscal se encuentre en Cantabria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Prima por la compra del primer barco; medida que tiene la finalidad de facilitar el acceso
a la propiedad, parcial o total, de un barco a los profesionales del sector que nunca tuvieron
uno en propiedad.

Requisitos:

a) Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la esta Orden los tripulantes cuyo
domicilio fiscal se encuentre en Cantabria, y que reúnan los requisitos establecidos en la presente orden, así como los exigidos en el resto de su normativa reguladora.

b) No podrán obtener la condición de benefi ciarios de las ayudas las personas en quienes
concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3, del artículo 12, de la
Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. Este extremo se
acreditará mediante la declaración responsable fi rmada por el solicitante o persona que actúe
en su representación.

c) Ser pescador menor de 40 años habiendo trabajado durante al menos cinco años como pescador o tener una formación profesional equivalente y adquirir por primera vez la propiedad parcial o total de un buque de pesca equipado para faenar en el mar, cuya eslora total sea inferior a 24 metros y cuya edad esté comprendida entre 5 y 30 años.

d) Que el buque adquirido se encuentre operativo y esté inscrito en el Censo de la Flota
Pesquera Operativa.

e) Estar dado de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del
Mar.

Documentos asociados

Boletín: 05/08/2014
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 149
Documento: Bases, Convocatoria 2014/2015 y Anexos. Descargar Documento