Ayudas de carácter socioeconómico por compensación no renovable a pescadores por paralización definitiva cofinanciadas por el Fondo Europeo de la Pesca (2007-2013).- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S34528/14Norma:
Orden GAN/42/2014, de 30 de junio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 09/08/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar las bases reguladoras y la convocatoria para 2014, de las ayudas de carácter socioeconómico a los tripulantes de buques pesqueros con puerto base en la Comunidad Autónoma de Cantabria, a conceder en régimen de concurrencia competitiva.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Cantabria
Convoca:
Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de las ayudas se determinará de conformidad con lo dispuesto en el Anexo II del Reglamento (CE) 1198/2006, de 27 de julio, relativo al Fondo Europeo de la Pesca, y Programa Operativo, no pudiendo superar la indemnización la cuantía máxima de 10.500 euros por beneficiario individual.Esta compensación será reembolsada "pro rata temporis" en caso de que el beneficiario vuelva a ejercer la profesión de pescador en un plazo inferior a un año tras el cobro de la compensación.
La contribución pública a estas ayudas podrá llegar al 100 por cien.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Los tripulantes de buques pesqueros afectados por medidas de reestructuración de la flota, que tengan puerto base en la Comunidad Autónoma de Cantabria que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
EJE 1. Adaptación de la flota pesquera.Compensaciones socioeconómicas para apoyar la gestión de la flota.
La compensación no renovable a los pescadores que hayan trabajado como pescadores a bordo de un buque durante al menos doce meses, siempre que el buque pesquero se haya sometido a la paralización definitiva de las actividades pesqueras y siempre que dicha paralización forme parte de un plan de ajuste del esfuerzo pesquero.
Requisitos:
a) Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente Orden los tripulantes debuques pesqueros afectados por medidas de reestructuración de la flota, que tengan puerto
base en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
b) No podrán obtener la condición de beneficiarios de las ayudas las personas en quienes
concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3, del artículo 12, de la
Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. Este extremo se
acreditará mediante la declaración responsable firmada por el solicitante o persona que actúe
en su representación.
c) Haber estado enrolado y en alta o en alguna de las situaciones asimiladas al alta en el
buque objeto de paralización definitiva desde el momento en que el armador solicitó la ayuda
por paralización definitiva hasta la fecha en la que el armador le notificó la concesión de dicha ayuda.
d) Estar dado de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del
mar y haber cotizado a éste durante un periodo mínimo de 12 meses.
e) Tener menos de 55 años de edad o, siendo mayor, no tener la posibilidad de jubilarse.
f) Haber sido tripulante del buque pesquero objeto de paralización, durante al menos los doce meses anteriores a la fecha finalización de plazo de presentación de solicitud de la ayuda
por paralización definitiva.
g) No ejercer la profesión de pescador en un plazo inferior a un año tras el cobro de la
compensación.
Documentos asociados
Boletín:
09/07/2014
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 131
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 131
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento