Ayudas de comedor para el alumnado escolarizado en centros sostenidos con fondos publicos que dispongan de este servicio escolar complementario durante el curso 2014-15.

Código de ayuda:

S24291/14

Norma:

Orden de 23 de mayo de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/06/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras y la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas para sufragar durante el curso 2014-15 el coste del servicio de comedor escolar de los alumnos escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos radicados en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que dispongan de este servicio escolar complementario de acuerdo con los criterios de selección establecidos en esta disposición.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Educación, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de estas ayudas será en cada caso concreto igual al resultado de multiplicar el precio diario del servicio de comedor en el centro correspondiente por el número de días de prestación durante el periodo ordinario de funcionamiento de dicho servicio (de septiembre de 2014 hasta junio de 2015), y serán abonadas a los centros docentes respectivos para la aplicación a su finalidad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los padres/madres o tutores legales del alumnado que vaya a cursar durante el curso escolar 2014-15 los niveles del segundo ciclo de Educación Infantil o Educación Primaria en centros
sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que dispongan de servicio de comedor escolar.

Requisitos:

Para obtener estas ayudas será requisito que los ingresos de la unidad familiar en el año 2013, calculados según se establece en el artículo siguiente, no superen, en función del número de miembros, computables los siguientes importes máximos:

N.º de miembros de la unidad familiar Importe máximo no superable (euros)

1 2.790

2 3.745

3 4.815

4 6.390

5 7.965

6 9.495

7 10.980

8 12.420

9 13.815

10 15.210

En el caso de familias con un número de miembros computables superior a 10 el límite máximo de ingresos se incrementará en 1.395 euros por cada miembro adicional.

Se denegará la ayuda cuando alguno o varios de los miembros computables de la unidad familiar sean titulares de cualquier actividad económica con un volumen conjunto de facturación durante el año 2013 superior a 38.000 euros.

Documentos asociados

Boletín: 31/05/2014
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 124
Documento: Bases, Convocatoria 2014/2015 y Anexos. Descargar Documento