Ayudas de compensaciones complementarias y ayudas para la reposición de los animales en explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino, como consecuencia del sacrificio obligatorio de ganado en ejecución de programas oficiales de erradicación de enfermedades.
Código de ayuda:
S03482/21Norma:
ORDEN de 31 de diciembre de 2020.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de noviembre de 2021.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras y convocar para el año 2021:1. Las ayudas de compensaciones complementarias por lucro cesante en los casos de inactividad en las explotaciones de ganado bovino, y ovino y caprino, registradas en Galicia, con motivo de la vigilancia, lucha, control o erradicación de enfermedades de estas especies, llevados a cabo en el marco de programas o actuaciones sanitarias oficiales.
Esta orden regulará, dentro de estas ayudas del párrafo 1, dos procedimientos que se encuentran en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, y que se corresponden con dos períodos de tiempo en las ayudas:
a) Ayudas de compensaciones complementarias en explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino: período de vacío. Con el código de procedimiento MR553A.
b) Ayudas de compensaciones complementarias en explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino: período de postautorización a la reintroducción. Con el código de procedimiento MR553B.
2. Las ayudas para la compra de animales de las especies bovina, ovina y caprina que tenga por objeto la reposición de efectivos, en aquellas explotaciones registradas en Galicia en que se ordenó el sacrificio de animales de estas especies, después del diagnóstico de una enfermedad sometida a un programa o a una actuación sanitaria oficial de vigilancia, lucha, control o erradicación; también se incluirán los casos de animales de esas especies que muriesen en esos marcos sanitarios oficiales citados, y los casos de muerte/sacrificio de esos animales como consecuencia de un programa oficial obligatorio de vacunación.
En relación con este párrafo 2, la orden regulará el procedimiento de «Ayudas a la reposición de animales: general», que se encuentra recogido en la sede electrónica de la Xunta de Galicia con el código de procedimiento MR550A.
3. El procedimiento de concesión de las ayudas recogidas en esta orden, de manera excepcional, no requerirá la comparación ni la prelación de las solicitudes presentadas, si no que se tramitarán todas las solicitudes a medida que las personas interesadas las presenten, hasta agotar el crédito presupuestario, y en cumplimiento del artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería del Medio Rural. (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
Detalle beneficiarios:
1. Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas de compensaciones complementarias por lucro cesante, las personas físicas y jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica que sean titulares de explotaciones bovinas, ovinas y caprinas en que se sacrificase o destruyese de forma preventiva la totalidad de su censo, por motivos de sospecha y/o confirmación de la presencia de alguna enfermedad sometida a un programa o a una actuación sanitaria oficial de vigilancia, lucha, control o erradicación.2. Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas para la compra de animales de reposición, las personas físicas y jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica que sean titulares de explotaciones bovinas, ovinas y caprinas, en que se ordenase el sacrificio obligatorio de animales existentes en ellas, y como consecuencia del diagnóstico de una enfermedad sometida a un programa o a una actuación sanitaria oficial de vigilancia, lucha, control o erradicación; así como las personas o entidades titulares de aquellas explotaciones donde muriesen o se practicase la eutanasia de animales de dichas especies, a causa de una enfermedad sometida a un programa o a una actuación sanitaria oficial de vigilancia, lucha, control o erradicación, o a causa de un programa oficial obligatorio de vacunación.
Documentos asociados
Boletín:
16/02/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 31
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
16/02/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 31
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
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