Ayudas de determinadas intervenciones establecidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 en relación con compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Código de ayuda:
S11064/23Norma:
ORDEN de 22 de febrero de 2023.Plazo de Solicitud:
Desde el 1 de marzo hasta el 31 de mayo 2023. A partir del año 2024 iniciará el 1 de febrero hasta el 30 de abril de cada año.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de determinadas intervenciones establecidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 de España (PEPAC), aprobado por la Decisión de Ejecución de la Comisión, de 31 de agosto de 2022, en relación con compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión en la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que debenelaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común, financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
A los efectos de lo establecido en el artículo 5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se considera Plan Estratégico de la presente línea de ayuda, el referido Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 aprobado por referida Decisión de ejecución de la Comisión y sus posibles modificaciones. Así mismo, esta Orden es coherente con el Plan específico elaborado por el órgano competente, conforme determina la referida Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Desarrollo Rural
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio (Extremadura)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
Detalle beneficiarios:
Personas jurídicas o personas físicas, Apicultores y apicultoras, que sean titulares de explotaciones agrarias, considerándose como personas físicas sólo a una persona como única titular o titular individual o bien a las personas titulares de una explotación agraria de titularidad compartida prevista en el artículo 34.2.c) de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, que suscriban voluntariamente compromisos de gestión que se consideran beneficiosos para alcanzar los objetivos específicos mencionados.Que se comprometan a adoptar o mantener las prácticas y métodos de agricultura ecológica definidos en el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de mayo de 2018 de Producción Ecológica y Etiquetado de los productos ecológicos.
Que suscriban voluntariamente compromisos para el fomento de las razas autóctonas amenazadas en la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Documentos asociados
Boletín:
23/02/2023
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 37
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 37
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