Ayudas de la Accion Estrategica de Salud, en el marco del Plan Nacional de Investigacion Cientifica, Desarrollo e Innovacion Tecnologica 2008-2011.- Convocatoria 2012.- Modificación.
Código de ayuda:
S06573/12Norma:
Resolución de 8 de febrero de 2012. Resolución de 13 de marzo de 2012.Plazo de Solicitud:
Consultar según tipo de actuación.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular el procedimiento de concesión de ayudas contempladas en la Acción Estratégica de Salud (en adelante AES) del Plan Nacional de I+D+I vigente, que será el de concurrencia competitiva, de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 de la Orden de bases.Categorías Subvención
- Educación y Ciencia
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio de Economía y Competitividad ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
El personal investigador establecido para cada tipo de actuación.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Línea 1.–Tecnologías moleculares y celulares de aplicación a la salud humana.Contempla las tecnologías y herramientas necesarias para generar nuevo conocimiento y su transferencia a la práctica clínica en el área de la salud.
Sublíneas:
– Investigación biológica integrativa y de sistemas.
– Predicción, diagnóstico y seguimiento de enfermedades y monitorización de la respuesta terapéutica.
– Prevención, desarrollo de nuevos fármacos y terapias innovadoras.
Línea 2.–Investigación traslacional sobre la salud humana. Se centra en el conocimiento de los mecanismos implicados en las enfermedades y en su transferencia a las aplicaciones clínicas. En este apartado se establecen prioridades en torno a problemas de salud y tratamiento de aquellos grupos de entidades cuyo interés social y sanitario es más relevante, teniendo en cuenta los estudios de carga de enfermedad y de equidad personal.
Sublíneas:
– Cerebro, Enfermedades Neurológicas y Mentales.
– Desarrollo Humano y Envejecimiento.
– Enfermedades Infecciosas.
– Cáncer.
– Enfermedades Cardiovasculares.
– Diabetes y Obesidad.
– Enfermedades Raras.
– Enfermedades Respiratorias.
– Enfermedades del Aparato Locomotor y Tejido Conectivo.
– Enfermedades Crónicas e Inflamatorias.
Línea 3.–Fomento de la investigación en Salud Pública, Salud Ambiental y Salud Laboral y Dependencia y Servicios de Salud, para la mejor calidad de vida funcional de la población española. Se focaliza en nuevos métodos de investigación y generación de las bases científicas necesarias para sustentar las políticas y la toma de decisiones en el SNS. Todo ello sobre la base de estrategias basadas en la evidencia científica más
efectivas y eficientes de promoción de la salud, prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades, y rehabilitación. Sublíneas:
– Transferencia de los resultados de la investigación clínica a la práctica clínica.
– Calidad, eficiencia, sostenibilidad y solidaridad del SNS.
– Salud Pública.
– Salud Laboral.
– Salud Ambiental.
– Dependencia (asociada o no a estilos de vida o discapacidad psíquica y/o física).
Línea 4.–Fomento de la investigación farmacéutica en medicamentos y desarrollo de tecnologías
farmacéuticas. Investigación, Desarrollo e Innovación en fármacos para el tratamiento de las enfermedades más relevantes.
Línea 5.–El SNS como plataforma de desarrollo de investigación científica y técnica con el entorno industrial y tecnológico. Trata de potenciar las interfases entre SNS e industria para la resolución de preguntas que requieren la generación de conocimiento tecnológico. En particular, deben fomentarse dispositivos específicos de transferencia de conocimiento y tecnología en centros avanzados del SNS con instrumentos destinados a la detección y a la valoración de aquellos conocimientos aplicables que sean potencialmente comercializables, ya sea incorporados como nuevas innovaciones en industrias existentes o como candidatos a la creación de nuevo tejido empresarial.
Requisitos:
Los beneficiarios deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante Ley 38/2003, de 17 de noviembre) y no estar incursos en ninguna de las circunstancias señaladas en el apartado 2 de dicho artículo. Asimismo, deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido en los apartados 3 y 4 del artículo 5 de la Orden de bases.Documentos asociados
Boletín:
02/03/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 53
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 53
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín:
22/03/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 70
Documento: Modificación Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 70
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