Ayudas de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades en el ámbito del fomento de la investigación científica de excelencia.
Código de ayuda:
S37064/19Norma:
Orden CNU/631/2019, de 7 de junio.Plazo de Solicitud:
A publicar en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
a) Impulsar y favorecer la investigación de excelencia promoviendo el uso de bases de datos de referencias bibliográficas multidisciplinares que permitan una óptima gestión y medición de resultados de investigación en el seno de las propias instituciones.b) Mejorar la interoperabilidad de la información científica en las infraestructuras digitales institucionales y potenciar su uso entre los diferentes agentes que operan en el sistema español de ciencia, tecnología e innovación para favorecer la divulgación científica de la investigación.
c) Impulsar y favorecer la investigación de excelencia mediante la promoción de un modelo nacional de ciencia en abierto de otras formas no contempladas anteriormente.
Categorías Subvención
- Educación y Ciencia
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Podrán tener la condición de beneficiarios en las correspondientes convocatorias efectuadas al amparo de estas bases reguladoras, en los términos que las mismas establezcan y siempre que cumplan los requisitos exigidos en cada caso, las siguientes entidades con personalidad jurídica propia, siempre que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España:a. Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
b. Universidades públicas, sus Institutos universitarios, y las Universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
c. Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el sistema nacional de salud, que desarrollen actividad investigadora.
d. Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, y normas complementarias.
e. Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el Registro de Centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.
f. Centros públicos de I+D que en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social tengan a la I+D+i como actividad principal.
g. Centros públicos de I+D que realicen transferencia tecnológica, siendo así estas funciones definidas en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social.
h. Centros privados de I+D que tengan definida en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social a la I+D+i como actividad principal.
i. Centros privados de I+D que realicen transferencia tecnológica, siendo así estas funciones definidas en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social
j. Cualesquiera otras personas jurídicas, públicas o privadas, que realicen actividades de I+D+i, o generen conocimiento científico o tecnológico, o faciliten su aplicación y transferencia. Estas funciones deberán estar definidas en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Actuaciones dirigidas a fomentar el uso y explotación de bases de datos de referencias bibliográficos y otras herramientas de gestión de la información científica con el objetivo de impulsar y favorecer la investigación científica de excelencia.b) Actuaciones dirigidas a mejorar la interoperabilidad de la información científica en las infraestructuras digitales institucionales y potenciar su uso en apoyo a las diferentes agentes que operan en el sistema español de ciencia, tecnología e innovación.
c) Actuaciones dirigidas a impulsar y favorecer la promoción de un modelo de ciencia en abierto.
Documentos asociados
Boletín:
10/06/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 138
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 138
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento