Ayudas de la Fundación Socio-Sanitaria de Castilla-La Mancha para la Integración Socio-laboral del Enfermo Mental (Fislem).
Código de ayuda:
S77519/09Norma:
Resolucion de 21/12/2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 18/01/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la concesión de ayudas por la Fundación Fislem, a Entidades sin ánimo de lucro de familiares y personas con enfermedad mental legalmente existentes en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para el desarrollo de programas de atención dirigidos a personas con enfermedad mental.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Empleo
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Bienestar Social (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de las ayudas para esta convocatoria es de de 3.100.000 euros, sometido a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de la presente convocatoria en el Presupuesto de la Fundación Fislem para el ejercicio económico del año 2010.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Entidades privadas sin ánimo de lucro de familiares y personas con enfermedad mental legalmente existentes en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.Requisitos:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Oficial que corresponda.b) Gozar de capacidad jurídica y de obrar.
c) Disponer de la estructura técnica y capacidad financiera suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos propuestos en los programas o proyectos presentados, acreditando experiencia operativa para ello.
d) Carecer de fin de lucro.
e) Poseer el domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
f) Encontrarse al corriente en el pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones y no estar incursa en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
g) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
h) No haber sido sancionado en procedimiento de reintegro o no estar al corriente en la obligación de reintegro de subvenciones por cualquiera Administraciones Públicas.
Documentos asociados
Boletín:
29/12/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 252
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 252
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento