Ayudas de la línea de inversiones, respecto de los proyectos de inversión presentados al amparo de la sección 4ª del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español.
Código de ayuda:
S38773/21Norma:
Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre. RESOLUCIÓN de 20 de julio de 2021.Plazo de Solicitud:
Hasta el 4 de agosto de 2021.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Apoyar las operaciones del sector vitivinícola en la Comunidad Autónoma de Extremadura, incluidas dentro de la medida de inversiones de la sección 4ª del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español, respecto de los proyectos de inversión presentados y aprobados en el ejercicio FEAGA 2021 en la Comunidad Autónoma (Anuncio de 27 de noviembre de 2020, DOE n.º 236, de 9 de diciembre de 2020).Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Dotado con una cuantía inicial de 5.000.000.-€ distribuida en las siguientes anualidades:Anualidad 2022: 3.000.000.€.
Anualidad 2023 2.000.000.€.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Entidades que se recogen en el artículo 61 del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, sobre las que recaiga la carga financiera de las inversiones tangibles o intangibles en instalaciones de transformación e infraestructura vinícola, así como estructuras e instrumentos de comercialización, incluso con el fin de mejorar el ahorro de energía, la eficiencia energética global y procesos sostenibles, que se refieran a la producción, comercialización o ambas de los productos vitivinícolas mencionados en el anexo VII, parteII del Reglamento (UE) n.º 1308/2013; cuyos proyectos de inversión se hayan presentado y aprobado en el ejercicio FEAGA 2021 (Anuncio de 27 de noviembre de 2020 sobre presentación de proyectos de inversión para acogerse a las ayudas de la línea de inversiones (sección 4.ª) del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019/2023 al sector vitivinícola español, convocatoria 2021, DOE n.º 236, de 9 de diciembre).
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles.b) Compra de nueva maquinaria y equipo hasta el valor de mercado del producto.
c) Costes generales vinculados a los gastos contemplados en las letras a y b, tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, así como estudios de viabilidad, con el límite del 8% del presupuesto aprobado para la operación de inversión.
d) La adquisición o el desarrollo de soportes lógicos de ordenador y la adquisición de patentes, licencias, derechos de autor y el registro de marcas colectivas.
Documentos asociados
Boletín:
03/11/2018
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 266
Documento: Real Decreto 1363/2018 Descargar Documento
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Documento: Real Decreto 1363/2018 Descargar Documento
Boletín:
28/07/2021
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 144
Documento: Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
28/07/2021
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 144
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
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