Ayudas de los programas de ayuda al alquiler de vivienda y de ayuda a las personas jóvenes y para combatir el reto demográfico, previstas en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
Código de ayuda:
S59482/22Norma:
Real Decreto 42/2022, de 18 de enero. ORDEN 3479/2022, de 7 de octubre. ORDEN 1099/2023, de 10 de abril.Plazo de Solicitud:
Hasta el 31 de diciembre de 2023.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas correspondientes al Programa de ayudas al alquiler de vivienda y Programa de ayudas a las personas jóvenes y para combatir el reto demográfico, en la modalidad de ayuda al alquiler, previstas en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.Categorías Subvención
- Juventud
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
Comunidad de Madrid
Convoca:
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura, e Interior. (Comunidad de Madrid)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
a) Las familias numerosas.b) Unidades familiares monoparentales con cargas familiares.
c) Unidades de convivencia en las que exista alguna víctima acreditada de violencia de género o en las que alguna persona asume la patria potestad, tutela o acogimiento familiar permanente del menor huérfano por violencia de género.
d) Unidades de convivencia formada por personas víctimas de terrorismo.
A los efectos de esta Orden, tendrán la consideración de víctimas del terrorismo las personas que hayan sufrido daños incapacitantes como consecuencia de la actividad terrorista, los amenazados y secuestrados, así como el cónyuge o pareja de hecho y los hijos de los anteriores y de los fallecidos.
e) Unidades de convivencia que cuenten con algún miembro con discapacidad.
f) Unidades de convivencia en las que todas las personas integrantes se encuentren en situación de desempleo y hayan agotado las prestaciones.
g) Unidades de convivencia en la que todos sus miembros tienen edades iguales o superiores a 65 años en el momento de la solicitud.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Programa de ayuda al alquiler de vivienda:Este programa tiene por objeto facilitar el disfrute de una vivienda o habitación en régimen de alquiler o de cesión de uso a sectores de población con escasos medios económicos y mayores de 65 años, mediante el otorgamiento de ayudas directas a las personas arrendatarias o cesionarias.
Programa de ayuda a las personas jóvenes:
Este programa tiene por objeto facilitar el acceso al disfrute de una vivienda o habitación digna y adecuada en régimen de alquiler o de cesión en uso a las personas jóvenes con escasos medios económicos, mediante el otorgamiento de ayudas directas a la persona arrendataria o cesionaria.
Documentos asociados
Boletín:
19/01/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 16
Documento: Real Decreto 42/2022 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 16
Documento: Real Decreto 42/2022 Descargar Documento
Boletín:
11/10/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 242
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
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Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
Boletín:
13/04/2023
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 87
Documento: crédito presupuestario 2023 Descargar Documento
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