Ayudas de minimis 2018 a la producción editorial y fonográfica en lengua catalana.- Convocatoria 2018.
Código de ayuda:
S12846/18Norma:
Palma 22 de febrero de 2018.Plazo de Solicitud:
Hasta el 9 de abril de 2018.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se pueden acoger a esta convocatoria las solicitudes que tengan por objeto la producción y la edición, en cualquier formato, de libros y fonogramas en lengua catalana.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Audiovisual, Prensa y Publicaciones
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La determinación del importe de la ayuda de minimis, sin perjuicio de lo que dice el párrafo segundo de la base novena, se fija en virtud de la puntuación obtenida y del valor del punto. En este sentido, se tiene que indicar que el valor del punto se calcula dividiendo la cantidad destinada a cada una de las líneas, es decir, 200.000,00 € para obras librarias y 60.000,00 € para obras discográficas, por el total de las puntuaciones obtenidas por las solicitudes admitidas en la línea correspondiente. El importe resultante (que se tiene que fijar con dos decimales sin redondear) se multiplicará por la puntuación individual de cada proyecto y, en ningún caso, la cantidad resultante puede ser superior a los límites que se indican a continuación:1. No puede ser superior a la cantidad solicitada.
2. No puede ser superior al importe del presupuesto inicial subvencionable (se entiende como presupuesto subvencionable el conjunto de las partidas que cumplen los requisitos recogidos en la base séptima).
3. En todo caso, el importe de la ayuda de minimis no puede rebasar, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas o subvenciones, ingresos y otros recursos obtenidos de cualquier procedencia, el presupuesto de ejecución del proyecto subvencionado.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Pueden ser beneficiarias las personas físicas o personas jurídicas, constituidas como empresas, con personalidad propia, que llevan a cabo, de acuerdo con su objeto social, la edición de libros y fonogramas objeto de esta convocatoria de manera regular, siempre que estén legalmente constituidas, de acuerdo con la normativa vigente, al acabar el periodo de presentación de solicitudes y tengan el domicilio o el establecimiento principal en Mallorca.Documentos asociados
Boletín:
15/03/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 33
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 33
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