Ayudas de minimis destinadas a cooperativas, SAT y otras empresas agroalimentarias afectadas por la sequía persistente en la campaña 2023-2024.
Código de ayuda:
S22455/24Norma:
ORDEN ARP/216/2024, de 21 de octubre. RESOLUCIÓN ARP/4028/2024, de 8 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 24 de noviembre de 2024.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de las ayudas que establece la Orden es compensar parcialmente las pérdidas de las cooperativas,SAT y otras empresas agroalimentarias que producen y comercializan productos agrarios, cuya titularidad sea
de sus miembros o socios, en el caso de las cooperativas y SAT, o de productores con quienes mantienen una
relación contractual continuada, en el caso de otras empresas agroalimentarias, que han sufrido una pérdida
importante de facturación en la campaña 2023-2024 respecto a la media de las tres campañas anteriores como
consecuencia de la situación de sequía persistente, con el fin de garantizar su continuidad y viabilidad
económica, las cuales se publican en el anexo 1 de esta Orden. El plazo que comprende la campaña es el
establecido para cada producto en el artículo 6 del Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos
agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) núm. 922/72, (CEE) núm. 234/79, (CE) núm.
1037/2001 y (CE) núm. 1234/2007.
Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las cooperativas, SAT u otras empresas agroalimentarias queproducen y comercializan productos agrarios que en un 50% o más se produzcan en explotaciones agrarias en
la campaña 2023-2024.
Requisitos:
a) La cuenta donde debe ingresarse el importe de la ayuda incluida en el impreso de solicitud debe pertenecer a la persona beneficiaria de la ayuda.b) Debe presentarse declaración sobre si se han solicitado y/o se han obtenido otras ayudas públicas o
privadas para la misma actividad, y debe hacerse constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada y/u obtenida. En el caso de haber recibido ayudas de minimis en el año actual y en los dos años anteriores, es necesario que la ayuda global de minimis que se haya recibido no supere los límites establecidos.
c) En el caso de empresas con 50 o más personas trabajadoras, debe cumplirse la cuota legal de reserva de
puestos de trabajo en la plantilla de la empresa prevista en el artículo 42.1 del Texto refundido de la Ley general de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o las medidas alternativas de carácter excepcional que prevén el Real decreto 364/2005, de 8 de abril, y el Decreto 86/2015, de 2 de junio.
d) En el caso de empresas de plantilla igual o superior a 25 personas, es necesario disponer de medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo e intervenir en sus centros de trabajo de acuerdo con los agentes sociales, de conformidad con la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
e) No debe tenerse la consideración de empresa en situación de crisis, de acuerdo con la definición contenida en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (DOUE 201 249/01, de 31.7.2014).
f) En el caso de realización de la actividad4/C objeto de la subvención utilizando cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, debe cumplirse la normativa sobre propiedad intelectual.
g) Cuando se trate de personas físicas empresarias, hay que estar dado de alta en el censo del impuesto sobre actividades económicas en aquellos supuestos en los que sea obligatorio.
Documentos asociados
Boletín:
24/10/2024
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9275
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
14/11/2024
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9290
Documento: Convocatoria 2024 (Completa) Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9290
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