Ayudas de minimis destinadas a las centrales de acondicionamiento de fruta afectadas por las heladas asociadas a la borrasca Ciril.
Código de ayuda:
S55864/22Norma:
Real Decreto 749/2022, de 13 de septiembre. RESOLUCIÓN ACC/2836/2022, de 20 de septiembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de septiembre de 2022, incluido.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar las ayudas destinadas a las organizaciones de productores de frutas y hortalizas reguladas por el Real decreto 532/2017, de 26 de mayo, por el que se regula el reconocimiento y el funcionamiento de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas, que sean titulares de centrales deacondicionamiento que hayan sufrido una pérdida importante de facturación de acuerdo con lo que establece el artículo 3.1.c) del Real decreto 749/2022, de 13 de septiembre, y que tengan efectivos productivos en
determinadas áreas afectadas por las heladas provocadas por la borrasca Ciril entre el 2 y el 5 de abril de
2022. Estas ayudas se tramitan de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas en el Real decreto 749/2022,
de 13 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas estatales
destinadas a las centrales de acondicionamiento de fruta afectadas por las heladas asociadas a la borrasca Ciril (BOE núm. 221, de 14.9.2022).
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de la ayuda es de 200.000 euros por beneficiario y se determinará según el número desolicitudes presentadas y la disponibilidad presupuestaria, de acuerdo con el artículo 4 del Real decreto
749/2022, de 13 de septiembre.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Autónomos
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
Detalle beneficiarios:
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las organizaciones de productores de fruta y hortalizas reconocidas de acuerdo con el Real decreto 532/2017, de 26 de mayo, que cumplan los requisitos.Documentos asociados
Boletín:
14/09/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 221
Documento: Real Decreto 749/2022 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 221
Documento: Real Decreto 749/2022 Descargar Documento
Boletín:
22/09/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8758
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8758
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento